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El TSJC exime a Almenar de pagar 1,3 millones por los terrenos de la escuela

El litigio llega al Supremo y el consistorio espera adquirirlos a precio de suelo rústico

Los terrenos donde la Generalitat ya construye la nueva escuela.

Los terrenos donde la Generalitat ya construye la nueva escuela.EDGAR ALDANA

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha eximido al ayuntamiento de Almenar de pagar 1,3 millones de euros por los terrenos donde la Generalitat construye la nueva escuela.

La sentencia estima un recurso del consistorio y declara nulo el fallo del juzgado contencioso administrativo de Lleida que les obligó a indemnizar con esta cantidad a los propietarios de la parcela.

Sin embargo, el litigio sigue adelante con un recurso ante el Tribunal Supremo (TS), que deberá decidir ahora si lo admite o no a trámite. El ayuntamiento expuso la situación del proceso judicial en el pleno del pasado mes de julio, en respuesta a preguntas de la oposición.

La sentencia del TSJC, de principios de este año, señala que el convenio urbanístico entre el ayuntamiento y los propietarios de los terrenos establecía que el consistorio debía reparcelar un sector urbanizable en un plazo de cinco años.

En caso contrario, debía adquirir el suelo del colegio a un precio de 120 euros por metro cuadrado. La sentencia inicial consideró que los propietarios tenían derecho a indemnización por incumplimiento de este acuerdo.

El TSJC, en cambio, valora que “no cabe estimar la eficacia del convenio” ni tampoco que “pueda acreditarse que se haya producido el hecho” que obligaría a aplicar esta cláusula suspensiva.

La alcaldesa, Teresa Malla, afirmó que el ayuntamiento deberá pagar los terrenos de la escuela, pero no al precio que fija el convenio sino al que correspondería a suelo rústico, muy inferior.

“Sería una cantidad mucho más asumible para el ayuntamiento”, apuntó la primera edil, aunque señaló que no han calculado aún la cuantía. Puntualizó que no habrá nuevos pasos en este sentido hasta que el Supremo se pronuncie sobre el último recurso de los demandantes.

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