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Vista aérea del polígono industrial El Segre.

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La crisis económica está teniendo ya efectos graves, con el cierre de muchos negocios como consecuencia de las medidas de lucha contra el coronavirus, por una parte, y por el frenazo en la actividad económica en general, por otro, con muchas personas que en el mejor de los casos están teletrabajando. El Gobierno central tomó la semana pasada medidas excepcionales para intentar amortiguar las consecuencias en materia laboral a través de los expedientes de regulación temporal de empleo, los ya conocidos ERTEs. Con ellos, las empresas pueden reducir la jornada de su plantilla o suspender los contratos de sus trabajadores.

Para los empleados supone irse a casa cobrando en el peor de los casos un 70 por ciento de la base de cotización, que es inferior al importe global de la nómina. De todas formas, este porcentaje puede verse incrementado si así lo pactan empresa y trabajadores. Estas mejoras suelen conseguirse en el caso de compañías grandes y saneadas, pero suele ser más difícil en pequeñas y medianas. En el caso de que la crisis se alargue en el tiempo, la ayuda por desempleo bajará al 50% de la base a partir del séptimo mes. Con todo, el trabajador empieza a cobrar el desempleo con la confianza de que volverá a su puesto de trabajo cuando la crisis haya amainado y la actividad en su empresa vaya retornando a la normalidad.

Las empresas con menos de 50 empleados no tendrán que pagar las cotizaciones sociales

Con las medidas económicas aprobadas por el Gobierno central, tienen derecho a cobrar prestaciones por desempleo todos los afectados por ERTEs, incluso aquellos que no hayan llegado a cotizar el mínimo exigido por la ley. Además, estas prestaciones no computarán en el consumo de las ayudas. Es decir, si un trabajador ha cotizado a la Seguridad Social, por ejemplo, para tener derecho a seis meses de paro, pese a que ahora cobre del desempleo, mantendrá este período en su haber.

Estos expedientes temporales se presentan “por causa mayor” y las empresas que tengan una plantilla de menos de 50 trabajadores no tendrán que pagar las cotizaciones a la Seguridad Social, contarán con una exención del 100%. Las compañías con más volumen de empleados estarán exentas de pagar el 75 por ciento.

Otra novedad significativa introducida por las medidas laborales extraordinarias aprobadas por Sánchez ante la pandemia del coronavirus consiste en que cuando el trabajador afectado por un ERTE desencadenado por la pandemia vuelva a su puesto de trabajo, el empresario no le podrá despedir en los seis meses siguientes a la reincorporación.

El impacto en la economía de la pandemia y las consecuencia de las medidas para frenarla han provocado que día a día se multiplique el número de este tipo de expedientes que llegan a las autoridades laborales. De todas formas, se espera que la cifra siga creciendo en los próximos días o incluso semanas. Algunas empresas están buscando fórmulas temporales de afrontar los problemas, como pactar bolsas de horas o incluso adelanto de vacaciones, y habrá que ver si surten el efecto buscado y consiguen frenar o no un ERTE.

Apuestan por facilitar el acceso a los empleados fijos discontinuos

Los líderes de CCOO y UGT, Unai Sordo y Josep Maria Àlvarez, aplaudieron ayer que el Gobierno central se haya comprometido a facilitar el acceso de los trabajadores fijos discontinuos a los expedientes de regulación transitoria del empleo (ERTE) que puedan presentar las empresas a las que les prestan sus servicios. Así lo manifestaron al término de un encuentro telemático con la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, varios miembros más del Ejecutivo de PSOE y Unidas Podemos, y los presidentes de las patronales CEOE, Antonio Garamendi, y Cepyme, Gerardo Cuerva.

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