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JUSTICIA TRIBUNALES

Absuelto de abusar de una niña de 13 años al no saber que era delito

Eximido un joven de Lleida porque su trastorno le impedía conocer que la edad de consentimiento sexual se había elevado a los 16 || Se conocieron en Instagram

Imagen de archivo de una protesta en Lleida contra la violencia machista.

Imagen de archivo de una protesta en Lleida contra la violencia machista.SEGRE

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La Audiencia Provincia de Madrid ha absuelto a un joven vecino de Lleida de abusar sexualmente de una niña de 13 años cuando él tenía 20 porque no sabía que era delito. El tribunal considera que el trastorno mental y la discapacidad que sufre le impedía conocer la edad mínima para consentir mantener relaciones sexuales, así como que solo 20 días antes la ley se había modificado para elevarla de los 13 a los 16 años. La sentencia ve probado que el joven, que hoy tiene 23 años, y la niña se conocieron en mayo de 2015 a través de Instagram. Poco después comenzaron a tener conversaciones diarias a través de diversas redes sociales e intensificaron la relación. Fue aprovechando un viaje de su padre a Madrid dos meses después cuando el ahora absuelto y la menor quedaron para conocerse personalmente y mantuvieron, en casa de la niña y en ausencia de sus progenitores, relaciones sexuales completas. El padre de la menor descubrió los hechos tras indagar en el móvil de su hija y leer las conversaciones guardadas, por lo que denunció el abuso.

El tribunal dice que no puede precisar si el joven, que había padecido Síndrome del Aocoholismo Fetal y que cuenta con un trastorno que le provoca inmadurez hasta equipararse a un adolescente de 14 años, conocía la verdadera edad de la niña. Sin embargo, asegura que “no resulta viable aceptar que conociera la edad mínima del consentimiento ni que esta se hubiera elevado a los 16 años a merced de una norma que acababa de entrar en vigor 20 días antes” y que “posiblemente era desconocida en aquellos momentos hasta por operadores jurídicos”. La sentencia también tiene en cuenta para tomar su decisión el consentimiento prestado por la menor para mantener las relaciones, así como la escasa formación cultural y educativa del joven o la existencia de un noviazgo.

El joven tenía 20 años cuando ocurrieron los hechos en la vivienda de la menor, en Madrid

Tanto la Fiscalía como la acusación particular calificaron los hechos como un delito de abuso sexual y otro de grooming. Mientras que el Ministerio Público solicitaba 11 años de prisión, los representantes de la menor elevaron la petición a 15 años. En ambos casos la indemnización reclamada ascendía a 20.000 euros. A pesar de todo ello, la Audiencia de Madrid ha absuelto al joven.

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