5. Deducción por maternidad a madres trabajadoras. La deducción por maternidad es un "beneficio fiscal de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años o adoptado que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendiente y siempre que se realice una actividad por cuenta propia o ajena".

6. Otras deducciones familiares. En el caso de un descendiente con diversidad funcional igual o superior al 33% a cargo, la persona podrá solicitar una deducción de 1.200 euros anuales. Otra de las desgravaciones que podrá aplicar en la declaración del IRPF es si tiene ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad a su cargo. En estos casos, la Agencia Tributaria establece que el mínimo por ascendientes será de 1.150 euros anuales, por cada persona mayor de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 33%, cualquiera que sea su edad, que conviva con el contribuyente al menos la mitad del ejercicio, no tenga rentas anuales, excluidas las exentas superiores a 8.000 euros y no presente declaración por IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

7. Deducción por afiliación a un sindicato o partido político. Hacienda determina una deducción del 20% de las cuotas de afiliación y a las aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores. Así, estos podrán deducirse hasta 600 euros al año. También las cuotas de afiliación a sindicatos o colegios profesionales son otros gastos deducibles en la renta.

8. Deducciones por los planes de pensiones. El límite máximo de aportación a planes de pensiones individuales se incrementa a 1.500 euros. El límite de deducción por aportaciones a planes de pensiones asciende a 1.500 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o de actividades económicas.