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La Seguridad Social da cinco años más de cotización para la jubilación solo por cumplir este requisito

El nuevo convenio especial permite recuperar hasta 1.825 días por prácticas formativas no remuneradas, beneficiando a universitarios, investigadores y estudiantes de FP

Elma Saiz Delgado, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España. 

Elma Saiz Delgado, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España. A. Pérez Meca - Europa Press

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La Seguridad Social ha puesto en marcha un nuevo convenio especial que permite a los trabajadores recuperar hasta cinco años de cotización por periodos de prácticas formativas realizadas antes de 2011. Esta medida, que entró en vigor en agosto de 2024 tras su publicación en el BOE, representa una oportunidad significativa para quienes buscan mejorar su historial de cotización de cara a la jubilación, según confirma la revista oficial de la Seguridad Social.

Este mecanismo está dirigido específicamente a personas que realizaron prácticas no remuneradas o trabajaron como becarios antes de noviembre de 2011, un periodo en el que muchos estudiantes y recién graduados participaban en programas formativos sin generar derechos de cotización. La norma permite ahora regularizar retroactivamente estas situaciones, sumando hasta 1.825 días al historial laboral de los beneficiarios.

El convenio se enmarca dentro de las políticas de mejora de protección social y reconocimiento de periodos formativos que, hasta ahora, quedaban fuera del sistema de la Seguridad Social, perjudicando especialmente a quienes dedicaron años a su formación antes de incorporarse plenamente al mercado laboral.

¿Quién puede beneficiarse de este convenio especial?

El convenio está orientado a varios perfiles formativos que realizaron prácticas o actividades sin remuneración. Entre los beneficiarios se encuentran:

  • Estudiantes universitarios de grado, máster o doctorado que realizaron prácticas formativas sin remuneración.
  • Participantes en programas de investigación científica o técnica.
  • Alumnos de formación profesional que completaron periodos de prácticas.
  • Estudiantes de enseñanzas artísticas superiores y deportivas.
  • Graduados universitarios que participaron en programas de doctorado antes del 4 de febrero de 2006.

Un requisito fundamental es que estas actividades hayan finalizado antes del 1 de noviembre de 2011, fecha a partir de la cual comenzaron a implementarse otras normativas de protección para estos colectivos.

Por el contrario, quedan excluidos de esta medida los pensionistas de jubilación o incapacidad permanente, salvo las excepciones contempladas en la normativa. Tampoco serán computables las prácticas realizadas bajo el régimen de formación profesional intensiva, al considerarse que estas ya están reguladas por otros mecanismos.

Coste y cálculo de las cotizaciones

A diferencia de otros mecanismos de reconocimiento de periodos, este proceso no es gratuito. Los interesados deberán abonar las cotizaciones correspondientes, aunque con condiciones ventajosas respecto al coste habitual.

El cálculo se realiza tomando como referencia la base mínima del grupo 7 del Régimen General correspondiente al año en que se efectuaron las prácticas. En términos prácticos, esto supone un coste mensual que oscila entre los 40 y los 140 euros para los periodos comprendidos entre 1980 y 2006.

Además, la Seguridad Social aplica un coeficiente reductor del 0,77% a estas cotizaciones, lo que disminuye significativamente el desembolso total. Para facilitar el acceso a esta medida, se ha establecido un sistema flexible de pago que permite abonar la cantidad total en un único ingreso o fraccionarla hasta en 84 mensualidades (siete años), adaptándose así a diferentes situaciones económicas.

Procedimiento de solicitud y plazos

Los interesados disponen de un amplio margen temporal para acogerse a esta medida, ya que el plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre de 2028. Este periodo extenso busca garantizar que todos los potenciales beneficiarios puedan completar el trámite sin prisas y reuniendo toda la documentación necesaria.

La solicitud debe presentarse a través de los canales oficiales habilitados por la Tesorería General de la Seguridad Social, accesibles desde la sección "Trámites y Gestiones" de su portal web. Una vez presentada la documentación, la Administración dispone de un plazo máximo de seis meses para resolver.

Un aspecto favorable para los solicitantes es que, en caso de no recibir respuesta en ese plazo (silencio administrativo), la solicitud se entenderá aprobada automáticamente, lo que agiliza el proceso y evita situaciones de incertidumbre prolongada.

¿Qué documentación se necesita para tramitar la solicitud?

Para completar con éxito el trámite, será necesario aportar documentación que acredite la realización de las prácticas o actividades formativas durante el periodo reclamado. Entre la documentación requerida suele encontrarse:

  • Certificados de la universidad o centro educativo que acrediten la realización de las prácticas.
  • Convenios de colaboración entre la institución educativa y la entidad donde se realizaron las prácticas.
  • Informes o memorias de las actividades desarrolladas durante el periodo formativo.
  • En el caso de programas de investigación, documentación que acredite la participación en los mismos.

La Seguridad Social podrá solicitar documentación adicional en aquellos casos donde los periodos no queden suficientemente acreditados con la información aportada inicialmente.

Impacto en la carrera de cotización y la jubilación

La recuperación de hasta cinco años de cotización puede tener un impacto significativo en la carrera laboral de muchos trabajadores, especialmente para quienes dedicaron parte importante de su juventud a formación avanzada o investigación sin cotizar.

Estos periodos adicionales pueden contribuir tanto a completar los años mínimos requeridos para acceder a una pensión contributiva como a mejorar el porcentaje aplicable a la base reguladora, incrementando así la cuantía final de la pensión de jubilación.

Para muchos profesionales que iniciaron su actividad laboral tardíamente debido a periodos formativos prolongados, esta medida representa una oportunidad para compensar parcialmente ese retraso en su incorporación al mercado laboral formal.

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