SANIDAD
Multa a padres de menores que fumen
Así lo prevé el borrador de la ley antitabaco, que ayer aprobó el Consejo de Ministros. Amplía los espacios sin humo a conciertos, terrazas de bares y restaurantes y transporte no privado

Imagen de archivo de dos mujeres que están fumando en la terraza de un bar. - EFE
El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de la ley antitabaco, que establece que, si un menor consume tabaco o productos relacionados como los vapers, la multa deberá ser pagada por sus padres, madres o tutores legales. El nuevo texto prohíbe por primera vez específicamente el consumo de productos del tabaco a menores de edad. Por otra parte, amplía los espacios sin humo a los vehículos comerciales y con conductor, por ser espacios de trabajo, también todos aquellos espacios del transporte suburbano que se encuentren por completo al aire libre.Asimismo, prohíbe fumar o vapear en actividades al aire libre como conciertos, teatros, cines y otros espectáculos públicos; centros universitarios y de formación de adultos; piscinas de uso colectivo y recintos deportivos; así como exteriores de bares, restaurantes, salas de fiesta y establecimientos de juego. De manera adicional, se establece una delimitación de perímetros de 15 metros alrededor de centros educativos, sanitarios, culturales, sociales, deportivos y parques infantiles.
En paralelo, el texto de Sanidad prohíbe expresamente la venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso y toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de productos del tabaco, ya sea a través de medios impresos, audiovisuales, digitales, redes sociales o mediante descuentos. En cuanto a las infracciones, fumar en un lugar prohibido de forma aislada, como en un concierto al aire libre, se considera una infracción leve de hasta 100 euros. Pero si un establecimiento permite sistemáticamente fumar en zonas prohibidas o se trata de un lugar de protección reforzada, la multa irá de los 601 a los 10.000 euros en casos graves y de 10.001 a 600.000 euros en los muy graves.
La norma, que todavía debe pasar por el Congreso, ya recibió críticas. Por un lado, Hostelería de España calificó de “desproporcionada” la prohibición de fumar en terrazas mientras que la Asociación Española Contra el Cáncer la tachó de “insuficiente” y reclamó el empaquetado genérico y la subida de precios.
“La ley es fundamental porque cada vez se empieza a fumar más pronto”
La doctora Jessica González, responsable del programa de cribado del cáncer de pulmón del Servicio de Neumología de Lleida consideró que esta norma es “fundamental”, prohibiendo también el consumo a menores de vapers, porque advirtió de “cada vez empiezan a fumar más pronto”. Según la especialista de este servicio de los hospitales Arnau de Vilanova y Santa Maria, los estudios muestran que empiezan a vapear con 9 o 10 años y con el hábito tabáquico entre los 12 y los 14 años. “La legislación debe actuar para que cada vez sea más difícil fumar, sobre todo, en espacios públicos y compartidos, incluyendo los nuevos productos”, destacó. Asimismo, González recordó que el 96% de los casos de cáncer de pulmón que se detectan en Lleida están causados por el consumo de tabaco.
En otro orden de cosas, las ventas de cigarrillos en las comarcas leridanas en el último año cerrado (2024) se situaron en 33,5 millones de cajetillas, lo que supone una reducción de cerca del 44% respecto a 2005, año en el que se aprobó la primera ley que prohibía fumar en espacios cerrados, una norma que entró en vigor en enero de 2006. Cinco años más tarde se eliminó por completo el tabaco en los locales de restauración. Con este cambio, en 2011, la venta de cajetillas fue de 42,8 millones, aún un 28% por encima de las que se vendieron en 2024. Según los datos del ministerio de Hacienda, el aumento de las ventas en la demarcación se debe al consumo turístico y fronterizo, que el año pasado aumentó cerca de un 23% mientras que el ‘autóctono’ solo subió un 0,7%, y hasta junio de este año, ha bajado un 4,7%.