La Audiencia de Huesca veta el plan para reflotar Frutas Lozano
Califica como estatal un préstamo de una empresa pública y deja en el aire 40 empleos

Frutas Lozano tiene su sede en Fraga desde hace 40 años.
La Audiencia de Huesca ha revocado el plan para reflotar la empresa Frutas Lozano de Fraga al aceptar un recurso del CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación), un organismo dependiente del ministerio de Ciencia, y cambiar de privado a público la calificación de un péstamo pendiente de devolver. Eso recompone los grupos de acreedores y los equilibrios de apoyo y oposición al plan.
Frutas Lozano tiene una plantilla de 40 trabajadores y llega a los 200 en la campaña de recolección. Factura ocho millones de euros al año y acumulaba una deuda de quince con una docena de bancos y medio centenar de proveedores, la gran mayoría de Lleida y la Franja, cuando hace un año y medio presentó un preconcurso de acreedores para negociar su reflote.
El juzgado Mercantil de Huesca avaló a finales de septiembre del año pasado un plan que resultaba pionero en el sector y contrario a la postura de la banca, partidaria de liquidar la empresa y de vender sus activos, mientras contaba con el apoyo de los acreedores comerciales, que daban por perdido el 60% de su deuda, más de dos millones, para recuperar algo más de uno en sendos plazos a liquidar en 12 y 24 meses.
La banca también iba a dar por perdidos la mitad de los cuatro millones contratados con avales del ICO en siete entidades para cobrar el resto a partir de 2028. Los siete millones sin aval oficial se convertían en créditos participativos que comenzarían a liquidarse en 2029, aunque con esos pagos supeditados a que la empresa ganara más de 1,5 en cada ejercicio.
Los representantes de Frutas Lozano disponen ahora de un plazo de tres meses, prorrogable por otros tres, para negociar un nuevo plan de reflote, unos plazos que operan en la práctica como escudo protector frente a los acreedores, que no pueden ejecutar la deuda. En cualquier caso, con la salvedad de CDTI, que cambia de grupo, los dos grandes bloques mantienen sus posiciones: a favor de la continuidad los acreedores comerciales e industriales y a favor de la liquidación los financieros.
Los acreedores públicos, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, van por otra vía al calificarse las deudas con ambos como créditos privilegiados y disponer de un calendario de liquidación propio.
El préstamo del CDTI no tiene la calificación de privilegiado pero sí la de público, lo que impide aplicarle las quitas o reducciones que sí soportan el resto de entidades no privilegiadas. De hacerlo, sus aportaciones podrían ser consideradas ayudas de Estado, ilegales en la UE.
Su recurso, en cualquier caso, ha causado sorpresa en medios jurídicos. “Por su naturaleza, debería apoyar la reestructuración de las empresas viables aunque atraviesen dificultades financieras transitorias”, señalaron.