TRIBUNALES
Cuenta atrás para derribar el chalet ilegal de un exconcejal de Bellver
El TSJC impide proteger una antigua masía la polémica edificación de Ca l’Alay. El hijo del exalcalde conservó 8 piedras del edificio anterior y alegó rehabilitarlo

El chalet ilegal se ubica en la finca de la antigua masía de Ca l’Alay, de la que solo quedan ocho piedras. - ACN
El TSJC (Tribunal Superior de Justicia de Catalunya) ha finiquitado el último intento del ayuntamiento de Bellver de Cerdanya para legalizar el chalet ilegal que Joan Porta, hijo del exalcalde Xavier Porta y exconcejal de Cultura de ese mismo ayuntamiento, construyó hace ya más de seis años en el paraje conocido como Ca l’Alay conservando solo ocho piedras de un edificio anterior.
El episodio del chalet, cuyas obras comenzaron sin licencia en 2019 y que el consistorio intentó regularizar tres años después como almacén agrícola, generó una intensa polémica. A su socaire nació el grupo ecologista SOS Pirineus, modelo para otros colectivos de zonas de Catalunya azotadas por el urbanismo creativo, y por él acabaron saliendo los Porta del ayuntamiento en abril de 2022. El padre fue relevado en la alcaldía por Laia Serra, de Endavant Cerdanya, que repitió tras las municipales.
Entre una fecha y otra, en 2020, el ayuntamiento del que todavía formaban parte los Porta activó una estratagema jurídica que ha sido consecutivamente desarticulada por la comisión de Urbanismo de Alt Pirineu i Aran y por el TSJC. La contumacia en la defensa del plan ha acabado costándole al consistorio, gastos de abogados y peritos al margen, una penalización de 3.000 € en costas.
La estratagema consistía en modificar el catálogo de masías y casas rurales de Bellver de Cerdanya e incluir en él como antiguas masías Ca l’Alay y otro edificio conocido como Cal Mallorca. Ambos se ubican sobre suelo no urbanizable, con lo que ese era la última vía para evitar en ambos casos las órdenes de derribo como construcciones ilegales.
Sin embargo, tal y como ha dejado claro el TSJC, no se trataba de rehabilitaciones. “No es posible reconstruir sobre una inexistencia constructiva”, dictamina la sentencia, que remarca que “para que sea posible construir es necesario que exista lo que había sido construido”. Sin embargo, en el caso de Ca l’Alay solo “se aprovecharon ocho piedras” de la masía anterior, y eso, añade,”nos ha de llevar a la conclusión de que el anterior edificio desapareció y se sustituyó por la construcción actual”.
“Urbanismo o Antifrau han de decirnos qué hemos de hacer”
“No vamos a apretar en un sentido ni en otro. Intentamos hacer las cosas bien, ser prudentes y no causar perjuicios al ayuntamiento”, explica Laia Serra, alcaldesa de Bellver de Cerdanya. El consistorio optó por temporizar antes de tomar una decisión sobre el derribo del chalet: “no habíamos actuado antes porque esperábamos a que se pronunciara el TSJC (Tribunal Superior de Justicia de Catalunya)”, señala. Mientras esperaban esa resolución, tanto Urbanismo como la Oficina Antifrau se habían dirigido al consistorio para conminarle a desarrollar “un proceso de restitución de la legalidad urbanística”, que debía finalizar con el derribo del chalet ilegal. “Optamos por la prudencia para evitar una reclamación patrimonial contra el ayuntamiento”, narra. Ahora con la sentencia, añade, “esperamos a que Urbanismo o Antifraude mos digan qué tenemos que hacer”.