El MNAC estudia la resolución del juzgado oscense y responderá en 10 días hábiles
El museo insiste en las dificultades técnicas para llevar a cabo la retirada de las pinturas por el riesgo de dañarlas

La sala donde se encuentran las pinturas murales del monasterio de Sijena en el MNAC. - ELI DON/ACN
El MNAC estudia con sus asesores la resolución del juzgado oscense y responderá en 10 días hábiles. El juzgado oscense ha acordado una orden general de ejecución definitiva de la sentencia del Tribunal Supremo que confirmó el traslado de las pinturas murales del monasterio de Villanueva de Sijena que hay al MNAC, y ha dado siete meses en el museo para devolver las obras, aunque la jueza Rocío Pilar Vargas da la opción al MNAC a presentar un “cronograma alternativo” en el plazo de diez días. Fuentes del MNAC han explicado a la ACN que estudian la resolución y que el museo mantiene su posición sobre las dificultades técnicas para llevar a cabo la retirada y traslado de las pinturas por el riesgo de daños a raíz de la operación.
Hace pocos días, el Museo Nacional de Arte de Cataluña ya dirigió un escrito en el juzgado de primera instancia e instrucción número 2 oscense, en el cual reiteraba su voluntad de cumplir la sentencia del Supremo, pero avisaba "de la fragilidad" de las pinturas de la sala capitular y "el riesgo de dañarlas de forma irreparable en su retirada y traslado posterior".
El MNAC apuntó que el hecho que la ejecución fuera definitiva es "jurídicamente incuestionable" y "no cambia la realidad material de la situación de las pinturas murales de la sala 16" y "su extrema fragilidad" y los "daños irreversibles que por esta razón pueden sufrir en las arduas y complicadas actuaciones necesarias para el cumplimiento voluntario (o forzoso) de la sentencia".
"Una ejecución especialmente compleja"
En el texto del auto del juzgado oscense se admite que es "una ejecución especialmente compleja" y que su cumplimiento inmediato "no es posible" por "la naturaleza y el valor patrimonial de los bienes que tienen que ser restituidos". Se apunta que hacen falta unos plazos determinados para la ejecución de las operaciones de desmontaje, embalaje y traslado.
Se señala al texto que el gobierno de Aragón presentó, junto con la demanda ejecutiva, un cronograma que contiene el plazo estimativo de las tareas a realizar por la parte ejecutada para dar cumplimiento a la sentencia. Se prevé un plazo de siete meses. Por esta razón, se requiere al MNAC que "dentro de este plazo de siete meses", cumpla la sentencia o presente "un cronograma alternativo en el plazo de diez días".