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TRIBUNALES SENTENCIA

Condenada a terapia una adolescente por utilizar el Facebook de otra sin permiso

La Audiencia de Lleida le impone siete meses de libertad vigilada con tratamiento por un delito de descubrimiento y revelación de secretos || También accedió al correo electrónico y le borró trabajos

Imagen del edificio judicial del Canyeret de la ciudad de Lleida.

Imagen del edificio judicial del Canyeret de la ciudad de Lleida.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha condenado a siete meses de libertad vigilada con tratamiento terapéutico a una adolescente que manipuló el Facebook y el correo electrónico de una compañera al considerar que ha incurrido en un delito de descubrimiento y revelación de secretos. El tribunal ratifica de esta forma la sentencia en primera instancia del juzgado de Menores y desestima el recurso presentado por la defensa de la acusada, que alegó que se habían vulnerado la presunción de inocencia, por lo que solicitaba la absolución.

La Audiencia, tras revisar el caso, concluye que hay “suficiente prueba de cargo” para condenar a la adolescente. Considera probado que la denunciante “accedió al perfil de Facebook y al correo electrónico” de la denunciante, y “desde allí, había efectuado varias acciones e incluso habían desaparecido unos trabajos que había de entregar en el instituto”. El tribunal recuerda que “incluso la propia menor denunciada llegó a reconocer el acceso aunque achacándolo a un simple error involuntario”. Otra de las pruebas que acreditan el delito es que “consta un aviso de un intento de acceso a las cuentas de la menor desde un ordenador con una IP situada en el mismo domicilio que el de la menor acusada”. De esta forma, impone una pena de siete meses de libertad vigilada con tratamiento terapéutico de la menor por un delito de descubrimiento y revelación de secretos según el artículo 197.2 del Código Penal, en el que se afirma que será autor “el que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado”.

Penas de prisión en precedentes por difundir fotos íntimas de sus ex

La Audiencia de Lleida dictó en noviembre del año 2016 una sentencia sin precedentes en Ponent ,al condenar a 18 meses de prisión a un leridano que difundió fotos eróticas de su expareja. Sin embargo, el tribunal rebajó la sentencia inicial de cuatro años de cárcel y la dejó en un año y medio de prisión al asegurar que “la pena a imponer será la de un año y seis meses (...), que se estima adecuada para garantizar el adecuado reproche penal a la conducta enjuiciada en este caso”.

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