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TRIBUNALES SENTENCIA

Condena por el impago de las obras de la cafetería del Arnau de Vilanova

La adjudicataria debe indemnizar con 171.500 euros a seis industriales || La firma subcontratada se declaró insolvente con una deuda que ascendió a 450.000 euros

Los industriales se llegaron a manifestar ante la cafetería para reclamar que les pagaran.

Los industriales se llegaron a manifestar ante la cafetería para reclamar que les pagaran.SEGRE

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El juzgado de Primera Instancia número 4 de Lleida ha condenado a la empresa Clece a indemnizar con 171.500 euros a seis industriales por el impago de las obras de la cafetería del hospital Arnau de Vilanova, que se inauguró en el año 2012. El juez considera que Clece, adjudicataria de las obras, es responsable extracontractual y que debe responder por la empresa que subcontrató para efectuar los trabajos, Microclima, y que se declaró insolvente, con una deuda a trece industriales de 450.000 euros. Los afectados incluso llegaron a manifestarse ante las puertas de la instalación. El juzgado ha dado la razón a siete de los industriales, representados por Enric Rubio Gallart, del despacho Rubio Advocats, entre los que hay firmas de electricidad, pintura y construcción.

El juez determina que la adjudicataria “incumplió culposamente las obligaciones de comprobación de la solvencia y capacidad de la entidad con la que subcontrató, dado que una mínima diligencia hubiera bastado para no elegirla, atendiendo a su palmaria inactividad o por su manifiesta inexperiencia”. Considera que la demandada “incurrió en negligencia a la hora de llevar a cabo un acto propio como es el de elegir a quién contrataba para encargarse de la obra que le había sido a ella previamente adjudicada”. El juez también destaca “el entramado personal que explicaría la connivencia que pudo haber para que el hospital propusiese a Clece que contratase a Microclima como contratista”. Así, reitera que hubo un “comportamiento negligente por parte de la demandada, dado que durante la ejecución del contrato pasó por alto diversos deberes que le incumbían y que guardaban estrecha relación con la salvaguardia de los derechos económicos de los industriales demandantes, todo lo cual contribuyó a que Microclima contrajera con ellos deudas que no iba a poder afrontar”. Por eso, ahora fija una indemnización de 171.500 euros, el 65% del daño generado. En 2013, otra empresa afectada fue indemnizada con 68.000 euros. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia de Lleida.

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