TRIBUNALES SENTENCIA
Cinco años de cárcel por un atraco a mano armada en un salón de juegos en Lleida
El Supremo confirma la pena impuesta al acusado, que ató de pies y manos a tres personas en el establecimiento || Fue en la calle Sant Martí en agosto de 2018
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cinco años de prisión a J.E.M.L.; vecino de Lleida y nacido en la República Dominicana, por el atraco a mano armada y con pasamontañas en un salón de juegos de la calle Sant Martí en agosto de 2018. De esta forma, rechaza el recurso presentado por la defensa del acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que ya ratificó el fallo emitido por la Audiencia de Lleida. En su fallo, el Supremo considerada probada la autoría del acusado, que cometió el atraco junto a otros dos individuos que no pudieron ser identificados.
Pese a los argumentos de la defensa de falta de pruebas, el tribunal señala que el acusado accedió al local junto a los otros dos y que se dirigió al mostrador donde se encontraba el empleado, le amenazó con una pistola y le exigió que le dijera dónde estaba el dinero. También le obligó a abrir la caja fuerte del establecimiento, de donde se llevaron más de 16.000 euros, y la entrega de la llave de las máquinas tragaperras mientras le propinó varios golpes en la cabeza con la culata de la mencionada pistola. Los tres individuos, incluido el acusado, señala la sentencia, ataron de pies y manos al empleado y a una pareja que estaba en el local.
Entre los indicios que confirman la autoría del atraco por parte del condenado, el alto tribunal señala las imágenes de las cámaras de vigilancia de un inmueble y de un banco cercanos al local de juegos. Señala que uno de ellos coincide con la descripción del acusado. También destaca que en el registro de su vivienda, los agentes encontraron una mochila con pasamontañas, guantes y bridas, que los testigos describieron como las que utilizaron para atarlas, una tablet del trabajador del salón así como un revólver y una pistola.
El procesado alegó que la mochila era de un amigo. Asimismo, tal y como ya dijo la Audiencia y después el TSJC, el Supremo recuerda que el acusado utilizó el móvil que le fue robado al trabajador. Además de la pena de prisión de cinco años por un delito de robo con violencia, el Supremo mantiene las agravantes de uso de arma y de disfraz.
En el juicio, los Mossos relacionaron al condenado con otros dos asaltos similares en Lleida. La Fiscalía pidió una condena de 10 años de cárcel por un delito de detención ilegal, pero la Audiencia Provincial le absolvió al considerar que, aunque ataron a las víctimas, no hubo traslado.