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TRIBUNALES

Trabajo reclama en el juzgado cuatro millones a una cárnica por falsos autónomos

Demanda contra un matadero de aves y una cooperativa en un caso con 420 afectados. La empresa mantiene que era una “descentralización productiva” y no había una relación laboral con los operarios

Imagen ayer de la celebración del juicio laboral. - A. GUERRERO

Imagen ayer de la celebración del juicio laboral. - A. GUERRERO

Albert Guerrero
Lleida

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El juzgado de lo Social de Lleida acogió ayer la primera sesión del juicio por la demanda de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) contra el matadero de pollos Avidel, la cooperativa Servicarne y 420 empleados al considerar que eran falsos autónomos. La TGSS reclama unos 5,5 millones –cuatro de ellos a Avidel— en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social de estas 420 personas que entre los años 2014 y 2018 trabajaron en el matadero de pollos Avidel al considerar que eran falsos autónomos de la cooperativa Servicarne. En este sentido, el Tribunal Supremo declaró en 2024 que “hay relación laboral entre los socios cooperativistas de Servicarne y las empresas cárnicas donde prestan servicio” por lo que dichas empresas habían actuado en fraude de ley (ver desglose).

Los letrados de Avidel y Servicarne argumentaron que la demanda debe ser rechazada. El de Avidel dijo que “no hubo una cesión ilegal de trabajadores. Era una relación de naturaleza societaria, no había una relación laboral si no una descentralización productiva, que es una práctica válida y legal”. El abogado de Servicarne mantuvo que “no hubo fraude de ley, ni había relación laboral”. Por su parte, los abogados de los afectados se adhirieron a la demanda. Josep Maria Peiró, que representa a 82 personas, dijo que “pensaban que trabajaban por cuenta ajena y no eran autónomos”. Varios dijeron al juez que creían que eran trabajadores de Avidel, otros, de Servicarne, y eran falsos autónomos. El juicio continuará en abril.

El Supremo concluyó que Servicarne “actúa en fraude de ley”

El Tribunal Supremo (TS) declaró en septiembre de 2024 que hay relación laboral entre los socios cooperativistas de Servicarne y las empresas de la industria cárnica en cuyas instalaciones prestan servicio. El pleno de la Sala Social del TS estimó los recursos interpuestos por la TGSS y el sindicato CCOO frente a una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. De esta forma, el Supremo concluyó que Servicarne “actúa en fraude de ley, porque se ha constituido formalmente como una aparente cooperativa de trabajo asociado, pero su verdadera actividad se limita únicamente a facilitar mano de obra a las empresas de la industria cárnica, siendo estas últimas las auténticas empleadoras de los trabajadores”, según informaron fuentes judiciales. Es decir, que funcionaba como una falsa cooperativa. La sentencia resolvió las soluciones contradictorias que los Tribunales Superiores de Justicia estaban aplicando. CCOO dijo entonces que el fallo anulaba “cualquier tentación de volver a un modelo productivo que solo aportó precariedad y explotación laboral”.

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