LEGISLACIÓN
Fijan en 15 años la edad mínima para conducir patinetes eléctricos
Casco de protección obligatorio y deberán utilizar un elemento reflectante de noche

La Guardia Urbana decomisó en una semana 98 patinetes por falta de seguro y de registro. - PAERIA
El Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta del ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska, una modificación del Reglamento General de Circulación para mejorar la protección de los usuarios vulnerables en la vía y que fija en 15 años la edad mínima para conducir patinete eléctrico, denominado técnicamente vehículo de movilidad personal (VMP), entre otras medidas. Así lo dio a conocer ayer la ministra portavoz, Elma Saiz, tras el Consejo de Ministros. “Son medidas pioneras que nos convierten en un país referente en seguridad vial”, afirmó. Para los usuarios de patinete también será obligatorio llevar casco y deberán utilizar un elemento reflectante de noche o cuando haya visibilidad escasa. En el caso de personas que realizan su actividad profesional en estos vehículos (riders), el reflectante será obligatorio usarlo en todo momento. Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros. También se introduce la obligación del uso del elemento reflectante por parte de peatones que transiten por carreteras por la noche.
Respecto a las motocicletas, se permite la circulación por el arcén derecho cuando exista una congestión sin exceder la velocidad de 30 km/h y previa señalización del tramo. También se establece el uso obligatorio de guantes para conductores y pasajeros de motos y ciclomotores en carreteras y el uso de un calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas suponen una multa de 200 euros. Para los vehículos en general, en autovías y autopistas, cuando la circulación sea dificultada por la nieve, está prohibido adelantar y se va a circular por el carril de la derecha dejando libre el de la izquierda para vehículos de emergencia o quitanieves.