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Cuenta atrás para la declaración de la renta 2024: fechas y último día para presentarla sin sanciones

Hacienda advierte de multas de hasta 200 euros o recargos del 5% al 20% por retrasos

Últimos días para presentar la declaración a Hacienda.

Últimos días para presentar la declaración a Hacienda.

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La campaña de la Renta 2025, correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, ya está en marcha con fechas clave que los contribuyentes deben anotar en su calendario. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) comenzó su periodo de presentación el pasado 2 de abril y finalizará el próximo 30 de junio de 2025, estableciendo un plazo de casi tres meses para que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones tributarias sin enfrentarse a sanciones. Hacienda ha advertido que las consecuencias de presentar la declaración fuera de plazo pueden traducirse en multas fijas de 200 euros o recargos progresivos que oscilan entre el 5% y el 20%, dependiendo del tiempo transcurrido y de si el resultado es a pagar o a devolver.

El IRPF, caracterizado por su naturaleza progresiva y directa, implica que cuanto mayores sean los ingresos del contribuyente, mayor será la carga fiscal que deberá soportar. Durante la campaña anual, los ciudadanos realizan el cálculo de lo que deben abonar tras descontar los pagos anticipados efectuados a lo largo del año anterior. Este proceso de "liquidación" determinará si corresponde realizar un pago adicional a Hacienda o si, por el contrario, la Administración debe devolver al contribuyente. Para facilitar este trámite, la Agencia Tributaria ha habilitado diferentes canales: desde el 2 de abril es posible realizar la declaración por internet, mientras que la vía telefónica estará disponible desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio. Quienes prefieran la atención presencial podrán acudir a las oficinas habilitadas entre el 2 y el 30 de junio, siempre con cita previa.

Calendario oficial y plazos improrrogables de la declaración

El proceso de presentación de la declaración de la Renta 2024/25 se ha estructurado en varias fases para facilitar la gestión tanto a los contribuyentes como a la propia Agencia Tributaria. El 2 de abril marcó el inicio de la campaña con la apertura del canal telemático, que permite completar todo el proceso desde casa a través de internet. Un mes después, concretamente el 6 de mayo, se habilitará la asistencia telefónica mediante el plan "Le Llamamos", un servicio que funcionará hasta el último día de la campaña.

Para quienes necesiten asesoramiento presencial, las oficinas de la Agencia Tributaria abrirán sus puertas del 2 al 30 de junio. No obstante, es fundamental tener en cuenta que el 27 de junio será el último día para solicitar cita previa, tanto para atención telefónica como presencial. Esta fecha resulta crítica para aquellos contribuyentes que requieran ayuda especializada, ya que después no será posible obtener asistencia por parte de los funcionarios de Hacienda.

Consecuencias de no presentar la Renta en plazo

Ignorar los plazos establecidos por la Agencia Tributaria puede acarrear importantes consecuencias económicas. El régimen sancionador varía según el resultado de la declaración:

Si la declaración resulta a devolver y se presenta fuera de plazo, se aplicará una multa fija de 200 euros. Esta sanción actúa como un correctivo por el incumplimiento de la obligación formal, independientemente de que el contribuyente no tenga que realizar ningún pago adicional.

En caso de que la declaración salga a pagar, el sistema de recargos es progresivo y depende del tiempo transcurrido desde la finalización del plazo voluntario:

  • Hasta 3 meses de retraso: recargo del 5%
  • Entre 3 y 6 meses: recargo del 10%
  • Entre 6 y 12 meses: recargo del 15%
  • Más de 12 meses: recargo del 20% más intereses de demora

Cabe destacar que estos porcentajes pueden reducirse en un 25% si el contribuyente ingresa el importe sin presentar alegaciones, lo que supone un incentivo para regularizar la situación lo antes posible.

Las consecuencias más graves se producen cuando es la Administración quien detecta la falta de presentación y requiere al contribuyente. En estos casos, las sanciones pueden elevarse hasta el 50-150% de la deuda tributaria, dependiendo de la gravedad de la infracción y de las circunstancias concurrentes.

Cómo solicitar asistencia para la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes diversos canales para recibir asesoramiento durante la campaña. La cita previa puede solicitarse a través de la página web oficial o llamando a los teléfonos habilitados: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 (servicios automatizados) y 91 553 00 71 / 901 22 33 44 (atención personal de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas).

Para aprovechar al máximo la asistencia, es recomendable preparar con antelación toda la documentación necesaria, incluyendo identificación personal, datos fiscales, justificantes de ingresos y gastos deducibles, así como cualquier otra información relevante para la declaración. De esta manera, se agilizará el proceso y se reducirá la posibilidad de errores u omisiones que puedan derivar en futuros requerimientos por parte de Hacienda.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración del IRPF?

No todos los contribuyentes tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta. Con carácter general, deben hacerlo aquellos cuyos rendimientos del trabajo superen los 22.000 euros anuales de un solo pagador, o 14.000 euros cuando procedan de más de un pagador (siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores supere los 1.500 euros).

También están obligados quienes perciban rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta que superen los 1.600 euros anuales, así como quienes obtengan rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial que superen los 1.000 euros anuales.

Las personas que realicen actividades económicas o quienes hayan obtenido ganancias patrimoniales no sujetas a retención también deberán presentar declaración, independientemente de la cuantía. Lo mismo ocurre con quienes hayan registrado pérdidas patrimoniales superiores a 500 euros.

¿Qué novedades incluye la campaña de la Renta 2024?

La campaña de este año trae consigo algunas modificaciones relevantes que afectan a determinados colectivos. Entre las principales novedades destacan el incremento de los mínimos exentos para los trabajadores con menores ingresos, modificaciones en la tributación para autónomos y cambios en algunas deducciones familiares.

También se han actualizado los tramos del IRPF para ajustarlos a la inflación en algunas comunidades autónomas, lo que puede suponer variaciones en la cuota a pagar respecto a ejercicios anteriores. Los contribuyentes deberían revisar cuidadosamente estas modificaciones para aprovechar posibles beneficios fiscales o evitar sorpresas desagradables.

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