Vendo mi piso con inquilino: ¿tengo que pagarle indemnización?
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) aclara en qué casos el vendedor debe compensar al arrendatario cuando la vivienda cambia de propietario.

Vivienda en alquiler. EUROPA PRESS - Archivo
La venta de viviendas con contratos de alquiler vigentes genera frecuentemente confusión sobre los derechos y obligaciones tanto de compradores como de inquilinos. Una cuestión particularmente relevante es determinar en qué circunstancias existe obligación de indemnizar al arrendatario cuando la propiedad cambia de manos. La legislación española, concretamente el artículo 14 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), establece un marco regulatorio preciso que determina estas situaciones.
Según establece la normativa vigente, cuando se produce la compraventa de un inmueble que está siendo arrendado, el nuevo propietario se subroga automáticamente en la posición del arrendador anterior. Esto implica que debe respetar íntegramente el contrato de alquiler durante los primeros cinco años si el anterior dueño era una persona física, o siete años si se trataba de una persona jurídica. Durante estos períodos de protección legal, el inquilino tiene garantizado su derecho a permanecer en la vivienda sin que exista posibilidad de desalojo ni obligación de indemnizarle.
La situación adquiere matices diferentes cuando los contratos de arrendamiento superan los plazos mínimos legales establecidos por la normativa. En estos casos, el nuevo propietario solo está obligado a mantener al inquilino hasta completar los cinco o siete años de protección, según corresponda. Si el contrato original contemplaba una duración superior, es importante destacar que la responsabilidad de indemnizar al arrendatario recae exclusivamente sobre el vendedor de la vivienda, nunca sobre el comprador.
¿Cómo se calcula la indemnización por finalización anticipada del alquiler?
La Ley de Arrendamientos Urbanos establece un sistema claro para calcular la compensación económica a la que tiene derecho el inquilino cuando se extingue su contrato anticipadamente debido a la venta del inmueble. Esta indemnización equivale a una mensualidad de renta por cada año que reste del contrato una vez superado el período de protección legal.
Por ejemplo, si un contrato se firmó para una duración de ocho años con un propietario particular (persona física) y la vivienda se vende durante el sexto año, quedarían dos años por cumplir más allá de los cinco protegidos legalmente. En este supuesto, el inquilino tendría derecho a recibir dos mensualidades como compensación por parte del vendedor, no del nuevo propietario.
Es importante señalar que este derecho a indemnización puede verse modificado si en el propio contrato de arrendamiento se incluyó una cláusula específica donde arrendador e inquilino pactaron expresamente que la venta del inmueble extinguiría automáticamente el contrato. En tal caso, una vez transcurridos los cinco o siete años de protección obligatoria, el nuevo propietario no tendría ninguna obligación de mantener el alquiler ni existiría obligación de indemnizar al arrendatario.
Impacto del mercado inmobiliario actual en los contratos de alquiler
En el contexto inmobiliario español de 2025, con una creciente tensión en el mercado de alquiler residencial, la protección que ofrece la Ley de Arrendamientos Urbanos adquiere especial relevancia. Las operaciones de compraventa de inmuebles arrendados han aumentado significativamente en los últimos años, en parte debido a las oportunidades de inversión que representa el sector.
Los expertos del sector inmobiliario destacan que muchos compradores desconocen las implicaciones legales que conlleva adquirir una vivienda con inquilinos, lo que puede generar conflictos posteriores. Por ello, es fundamental que tanto vendedores como compradores e inquilinos conozcan sus derechos y obligaciones para evitar posibles litigios.
"La regulación actual busca un equilibrio entre el derecho de propiedad y la estabilidad habitacional de los inquilinos", explica Antonio Martínez, abogado especializado en derecho inmobiliario. "Sin embargo, es esencial revisar detalladamente las cláusulas del contrato de arrendamiento antes de proceder a la compraventa, ya que pueden contener pactos específicos que modifiquen las obligaciones generales establecidas por la ley".
¿Qué alternativas existen para vendedores e inquilinos?
Para los propietarios que desean vender un inmueble arrendado, existen varias estrategias que pueden minimizar el impacto económico de posibles indemnizaciones. Una opción frecuente es negociar directamente con el inquilino para llegar a un acuerdo de rescisión anticipada que satisfaga a ambas partes, ofreciendo una compensación razonable que facilite su reubicación.
Por otro lado, los inquilinos que se enfrentan a la venta del inmueble que habitan deben conocer que sus derechos están protegidos durante un período mínimo, independientemente del cambio de propietario. Si su contrato supera los plazos legales de protección, es recomendable que consulten con un profesional para determinar si tienen derecho a indemnización y cómo reclamarla adecuadamente.
Algunas asociaciones de consumidores han señalado la importancia de documentar adecuadamente todas las comunicaciones entre las partes implicadas en estos procesos. "Es fundamental que el inquilino solicite por escrito la información sobre la venta y sus implicaciones", recomienda María Gómez, portavoz de la Asociación de Consumidores y Usuarios de Vivienda. "Así podrá defender mejor sus derechos si fuera necesario acudir a la vía judicial".
El derecho de tanteo y retracto: otra protección para los inquilinos
Un aspecto complementario a la cuestión de las indemnizaciones es el derecho de tanteo y retracto que la ley otorga a los inquilinos. Este derecho permite al arrendatario adquirir la vivienda con preferencia frente a otros compradores, igualando las condiciones ofrecidas por estos.
Para que este derecho pueda ejercerse, el propietario que desea vender debe notificar fehacientemente al inquilino su intención de vender y las condiciones esenciales de la operación. El arrendatario dispondrá entonces de un plazo de 30 días naturales para decidir si desea adquirir el inmueble en esas mismas condiciones.
Este mecanismo legal supone una protección adicional para los inquilinos, ya que les brinda la oportunidad de convertirse en propietarios de la vivienda que habitan, evitando así los posibles inconvenientes derivados del cambio de propietario. Sin embargo, estudios recientes indican que este derecho se ejerce efectivamente en menos del 5% de los casos, principalmente debido a las dificultades de financiación que enfrentan muchos arrendatarios.