¿Tengo que recuperar las horas de trabajo si no he podido llegar al trabajo por la crisis de Rodalies?
El Govern de la Generalitat no se pone de acuerdo con Foment y PIMEC sobre cómo abordar la situación

Varias personas a la estación de Sants de Barcelona, pendientes de si se vuelve a reactivar el servicio de Cercanías.
La suspensión del servicio de Rodalies y Regionales en Cataluña estos días ha provocado que miles de personas tengan problemas graves de movilidad, imposibilitando el acceso a su puesto de trabajo. Con esta situación, una de las preguntas más repetidas es: ¿hay que recuperar las horas de ausencia si no se ha podido llegar al trabajo por la falta de trenes?
La respuesta, según los sindicatos y el Estatuto de los Trabajadores vigente en el 2026, apunta que no es necesario recuperar las horas cuando el desplazamiento al trabajo se ha visto impedido por una causa de fuerza mayor como un paro total del transporte público sin alternativas viables. La Generalitat mantiene la recomendación de teletrabajo ante estas incidencias y recuerda que "si no es compatible con el trabajo o no puede acudir, existe el permiso correspondiente según el Estatuto de los Trabajadores".
������������������������Es mantiene la recomendación de teletrabajo.
— Generalitat de Catalunya (@gencat) January 22, 2026
���������������� Si el trabajo no es compatible y no puede acudir, os podéis acoger al permiso establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
Justificante �������������������� https://t.co/MdTNzasweM https://t.co/WJXEKBV1c1
No obstante, la asociación de pequeñas y medianas empresas Pimec ofrece una interpretación diferente. Según su visión, los casos de ausencia por el paro de los trenes de Rodalies y Regionales "no equivalen a permisos retribuidos". "Les horas no trabajadas tendrán que ser objeto de recuperación o reorganización mediante acuerdo entre empresa y trabajadores", declara Josep Ginesta, secretario general de Pimec. La patronal admite que la situación es grave para varias plantillas, pero recalca que "sólo se consideraría permiso retribuido si hubiera una prohibición de desplazarse generalizada o una orden explícita de las autoridades".
������������������������ Interrupción del servicio de Cercanías y Media Distancia: ¿qué tienen que tener en cuenta las empresas?
— Pimec (@Pimec) January 21, 2026
✅ Des de Pimec respondemos a las preguntas más frecuentes ante esta situación excepcional, abordando cuestiones como la necesidad de presentación de un justificante y la recuperación del... pic.twitter.com/TllxySJBCX
Una situación que también apoyaba Fomento del Trabajo, que, a través de la directora de Relaciones Laborales y Asuntos Sociales de Fomento, Yesika Aguilar, aseguraba que "no serían aplicables" los permisos del Estatuto de los Trabajadores ya que, según ellos, sí que habría alternativas reales de desplazamiento, al contrario que lo que pasó con la DANA.
El marco normativo: permiso por causa de fuerza mayor y alternativas como el teletrabajo
El marco que recoge el Estatuto de los Trabajadores establece la posibilidad de señalar una ausencia justificada sin recuperación de horas cuando hay una imposibilidad objetiva para acceder al lugar de trabajo. Los sindicatos reclaman que las empresas autoricen este permiso, especialmente cuando no existen soluciones alternativas. Por su parte, las administraciones públicas instan a optar por el teletrabajo si es factible, manteniendo la cobertura legal al permiso por fuerza mayor en supuestos de falta absoluta de acceso.
Recomendaciones y escenarios de aplicación según cada situación
En ausencia de transporte y ante la imposibilidad de alternativas, los trabajadores tienen que comunicar adecuadamente la incidencia y acreditar la causa. Les emprendidas tienen que facilitar la justificación y aconsejan acordar con la plantilla si las horas no trabajadas se tienen que compensar o no. La clave radica en si la situación se ha calificado formalmente de fuerza mayor y si existen órdenes de las autoridades restringiendo la movilidad.