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TRIBUNALES CRIMEN

Excarcelan al homicida de Alfarràs, que ingresa en un psiquiátrico

La Audiencia pone fin a casi tres años de prisión preventiva || Josep Sopena mató al vecino de esta localidad Aquilino Rubio y atacó a la hija de este en 2016

Josep Sopena fue juzgado por un jurado popular el pasado noviembre.

Josep Sopena fue juzgado por un jurado popular el pasado noviembre.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha acordado la excarcelación y el ingreso en un centro psiquiátrico convencional de Josep Sopena Guasch, el vecino de Alfarràs que confesó haber matado a Aquilino Rubio, de 56 años y de esta localidad, y atacado a la hija de este, de 35, el 19 de mayo de 2016. La magistrada ha dictado este auto después de que el abogado de la defensa, Carles López, pidiera su puesta en libertad tras recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. La propia Audiencia absolvió hace un par de meses a Sopena de los delitos de homicidio y de homicidio en grado de tentativa al aplicarle la eximente completa de alternación psíquica, como estableció el jurado popular que le declaró culpable del crimen por unanimidad. Sin embargo, dictó el ingreso del homicida en un centro psiquiátrico penitenciario durante un máximo de 19 años. La defensa recurrió el fallo al considerar que debía cumplir la medida de seguridad en un psiquiátrico convencional y no en una prisión.

La magistrada se basa en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y pone fin a la situación de prisión preventiva en la que se encuentra el acusado. Sopena lleva casi 3 años, desde el 22 de mayo de 2016, encarcelado. La mayoría de este tiempo lo ha pasado en el módulo psiquiátrico de Brians. Pese a poner fin a la prisión preventiva, la Audiencia establece el internamiento psiquiátrico para ofrecer a Sopena “el oportuno tratamiento que precisa, y también para conjurar el peligro o riesgo que representa”.

El jurado popular declaró culpable al vecino de Alfarràs, aunque pidió que no ingresara en prisión al entender que cuando cometió el crimen “tenía totalmente anuladas sus capacidades” debido a un brote de la esquizofrenia paranoide que padece, agravado por el efecto del alcohol y las drogas. Además, calificaron los hechos de homicidio y no de asesinato al no ver probado que el acusado “quisiera infringir el máximo dolor a las víctimas” pese a las 70 puñaladas que recibieron. La Audiencia dictó su reclusión en un psiquiátrico penitenciario durante un máximo de 19 años y otros diez años de libertad vigilada, pero la decisión no es firme al haber sido recurrida.

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