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La Sindicatura de Comptes alerta del fraccionamiento de contratos en el Conselh Generau de Aran

El informe de fiscalización echa de menos el Plan anual de control financiero del gobierno aranés

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El informe de fiscalización de la Sindicatura de Comptes correspondiente al ejercicio 2019 sobre el Conselh Generau de Aran apunta nueve puntos a mejorar. La Sindicatura ha detectado incidencias relacionadas con la contratación separada de prestaciones que tendrían que haber sido objeto de un único contrato. Por este motivo, constituyen un fraccionamiento indebido del contrato y, en consecuencia, un incumplimiento de la Ley de contratos del sector público. El informe también ha detectado que la relación de puestos de trabajo del Conselh no incluye las retribuciones complementarias y que desde el ejercicio 2006, la Tesorería está ocupada de forma accidental por un funcionario del Conselh. El informe también ha observado carencias en el inventario de bienes del Conselh que habría que corregir.

Por otra parte, dictamina que el Conselh Generau no pidió a la Dirección General de Administración Local de la Generalitat un informe sobre la existencia de algún funcionario con habilitación de carácter estatal interesado en la provisión del puesto de trabajo de tesorero, ni solicitó la autorización pertinente para el nombramiento accidental.

El informe, presentado por el síndico Ferran Roquer como ponente, fue aprobado por el Pleno de la Sindicatura en la sesión del 27 de octubre del 2022. El objeto del trabajo ha sido la fiscalización financiera limitada del Conselh Generau de Aran, centrada en la fiscalización de la liquidación del presupuesto y en la revisión del cumplimiento de la legislación aplicable en los ámbitos contable, presupuestario, de las retribuciones del personal y de la contratación administrativa, correspondientes al ejercicio 2019.

El informe dictamina que el presupuesto del ejercicio 2019 preveía unos ingresos y unos gastos de 29.349.297 euros y durante el ejercicio se aprobaron modificaciones de crédito por 8.143.945 euros; por lo tanto, el presupuesto definitivo fue de 37.493.242 euros. El Resultado presupuestario del ejercicio fue de 340.227 euros negativos, diferencia entre unos derechos reconocidos de 30.154.008 euros y unas obligaciones reconocidas de 30.494.235 euros.

Entre las observaciones que se desprenden de la fiscalización realizada destaca también la intervención del Conselh Generau que no elaboró el Plan anual de control financiero ni el informe de control permanente del gobierno aranés, ni llevó a cabo la auditoría de cuentas de los organismos autónomos ni los procedimientos relativos a la auditoría de cumplimiento y a la auditoría operativa de las sociedades, contrariamente a lo que establece la normativa del sector público local.

Contratación administrativa

En relación con la contratación administrativa, el informe destaca que la primera modificación del contrato de gestión integral de la recogida y evacuación de residuos de la Val d'Aran, consistente en la introducción de la recogida de la fracción orgánica puerta a puerta, no estaba prevista de forma clara, precisa e inequívoca en los pliegues de cláusulas y suponía alterar las condiciones esenciales del contrato, ya que este servicio no estaba recogido en el objeto del contrato.

La segunda modificación de este contrato excedía en más de un 10% su precio inicial, lo cual supuso también una alteración de las condiciones esenciales del contrato. La modificación del contrato de reforma de la residencia de Sant del Baish Aran excedía también en más de un 10% el precio del contrato inicial.

El documento enumera que el Conselh Generau adjudicó de forma directa trabajos de reposiciones y mejoras para mantener el buen funcionamiento de las estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) por 559.595 euros. En el contrato de explotación, conservación y mantenimiento de las EDAR se establecía que las reposiciones y mejoras las tenía que ejecutar el contratista. Este hecho es contrario a los principios contractuales de concurrencia, igualdad y no discriminación establecidos por la normativa. El estudio indica que estos trabajos se tendrían que haber licitado de acuerdo con la normativa de contratación pública.

Del informe se desprende que el Conselh no dispone del contrato correspondiente a la construcción y explotación de un depósito de escombros y centro de transferencia a Bossóst, por lo cual la Sindicatura no lo ha podido revisar y por lo cual apunta que la explotación de estas instalaciones se estaba prestando sin contrato en vigor desde el ejercicio 2003. Por otra parte, de acuerdo con el convenio firmado antes de la adjudicación del contrato entre el Conselh Generau y el Ayuntamiento de Bossóst, una vez finalizado el plazo de veinte años de explotación de la finca, en el ejercicio 2020, el Ayuntamiento tenía que obtener la finca Lauadèr de mineraus de Margalida, propiedad de la empresa que después fue adjudicataria del contrato, que lo había adquirido dos meses antes de la firma del convenio.

Finalmente, en el informe se formulan nueve recomendaciones al Conselh Generau que, en opinión de la Sindicatura, contribuirían a mejorar algunos de los aspectos señalados en las observaciones.

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