TRIBUNALES
Condenado a 4 años y medio por abusar de su sobrina en Les Borges
El TSJC ratifica la pena impuesta por la Audiencia de Lleida. Se halló ADN del acusado en las partes íntimas de la víctima, que en aquel momento tenía 16 años

El acusado, de espaldas, durante el juicio que se celebró el 26 de junio de 2024 en la Audiencia de Lleida. - SEGRE
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) confirma la pena impuesta de cuatro años y medio de prisión para un hombre acusado de abusar de su sobrina de 16 años en Les Borges Blanques. Los hechos tuvieron lugar en junio de 2016. De esta forma, el TSJC rechaza el recurso de la defensa del procesado contra la sentencia dictada en primera instancia por la Audiencia de Lleida en octubre del año pasado.
En su fallo, el TSJC ratifica que una de las pruebas para la condena fue el ADN del acusado hallado en los genitales de la víctima durante la exploración médica que le hicieron el hospital Arnau de Vilanova de Lleida tras la denuncia. Los abusos tuvieron lugar en la trastienda del establecimiento que regentaba el condenado, cuando se quedaron a dormir su sobrina y un sobrino de 13 años. El tribunal califica de “indiscutido” el hallazgo del ADN en las partes íntimas de la denunciante y añade que esto “con dificultad puede explicarse sin el contacto por penetración”. En este sentido, descarta la alegación de la defensa de que se produjo un error con el ADN o que hubiera problemas en la cadena de custodia. También considera la declaración de la joven de persistente y no ve ningún móvil espurio en su denuncia. Una declaración, además, que ve reforzada por el resto de pruebas.
La sentencia también considera proporcionada la pena impuesta por la Audiencia, ya que para este delito iría de 4 a 7 años de prisión. El tribunal impuso una condena ligeramente superior al mínimo legal al aplicar la atenuante de dilaciones indebidas, porque los hechos tuvieron lugar en la tienda que regentaba el acusado, donde la víctima iba a ayudar, y por el hecho de tratarse de una persona de su círculo familiar. Razones que avala el TSJC, que rechaza aplicar la atenuante de confesión o colaboración, porque el acusado negó los hechos.
Además de los cuatro años y medio de prisión por un delito de abuso sexual, el procesado fue condenado a cinco años de libertad vigilada tras la pena privativa de libertad y al pago de una indemnización a la víctima de 15.000 euros por los daños causados. La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.