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Investigan si la concejal de Policía de Fraga ordenó no multar a su marido

Un exagente denuncia que dio órdenes para evitar sancionarlo por aparcar mal un camión

Dos vehículos de la Policía Local de Fraga aparcados en las plazas reservadas por el ayuntamiento.

Dos vehículos de la Policía Local de Fraga aparcados en las plazas reservadas por el ayuntamiento.

Lleida

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El ayuntamiento de Fraga ha abierto una investigación para determinar si la concejal responsable de la Policía Local, Verónica Alins, ordenó a los agentes de ese cuerpo que hicieran la vista gorda con un camión de su marido y evitaran denunciarlo por una infracción de tráfico, tal y como indica que ocurrió la denuncia presentada por un exagente a través del canal de transparencia del consistorio.

Fuentes municipales confirmaron que el equipo de gobierno es conocedor de la denuncia, formalizada a través de ese conducto el 8 de septiembre, y que “se está investigando el caso”. Alins es, además de concejal delegada de la Policía Local, teniente de alcalde y responsable de las áreas de Agroindustria, Medio Ambiente y Turismo.

La denuncia remite al jueves 31 de agosto de 2023, apenas dos meses después de que el equipo de gobierno que dirige Ignacio Gramún comenzara a gestionar el consistorio tras obtener mayoría absoluta en las elecciones celebradas a finales de mayo ese año.

Ese día, cuando estaba finalizando el turno de tarde, un agente de la Policía Local recibió en su teléfono móvil “una solicitud” de Alins vía mensaje de texto “en la cual se solicitaba que se hiciera caso omiso a la denuncia de un camión que incumplía una señalización de trático” que “prohibe estacionar este tipo de vehículos en el casco urbano”, señala la denuncia, que recoge como motivo para esa indicación “el hecho de pertenecer, y según indicaba el citado texto ‘a mi marido”.

En la comunicación, según indica la denuncia que está investigando el ayuntamiento, la concejal “solicitaba que dicha información fuera trasladada a los agentes del turno de noche para que también obviaran el realizar cualquier actuación relacionada con esa infracción”.

De confirmarse la emisión de la orden, la concejala tendría números para enfrentarse, aparte de a las consecuencias políticas que decidan implementar el equipo de gobierno de Gramún o el grupo municipal del PP, a un procedimiento penal. El policía reseña en la denuncia que “estos hechos pueden constituir un supuesto ilícito penal”, ya que Alins “podría estar aprovechando su posición o relación para ejercer una influencia indebida sobre un funcionario público o una autoridad” para “obtener un beneficio económico o de otro tipo para sí misma o para un tercero”.

El exagente de la Policía Local de Fraga reseña también en la denuncia que “ha mantenido y mantiene bajo custodia las pruebas de la manifestación”, que quedarían a disposición de las investigaciones que puedan abrirse, ya sea por la vía administrativa inicialmente o por la penal si los hechos se ponen en conocimiento de la Fiscalía o de los juzgados de Fraga.

La Audiencia decidirá sobre la causa por acoso laboral

La titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Fraga ha archivado las diligencias que había abierto para determinar si el jefe de la Policía Local de la capital del Baix Cinca, D.B.L., había sometido a acoso laboral a uno de los agentes del cuerpo, tal y como indica un informe elaborado por un servicio de prevención de riesgos externo al consistorio. La jueza sostiene en el auto de sobreseimiento que no existen indicios de la comisión de ese delito por parte del responsable del cuerpo, al que no ha llegado a tomar declaración como investigado. 

La acusación va a recurrir esa decisión para solicitar la reapertura de las diligencias con un recurso de reforma ante la propia magistrada que, en caso de ser desestimado, pasaría a abrir el trámite de apelación ante la Audiencia Provincial de Huesca. La jueza no llegó a solicitar el criterio sobre el cierre de la investigación a la Fiscalía, que, en consecuencia, no ha emitido ningún informe en ese sentido ni en el contrario. Tampoco consta en la causa ningún dictamen que contradiga al del servicio de prevención, que concluye que “existen indicios suficientes para considerar la situación de acoso laboral de tipo moral y discriminatorio”.

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