Andorra cambia la ley y veta los “falsos” transfronterizos
El gobierno andorrano establece el requisito de acreditar la residencia para obtener el permiso
El alcalde de La Seu agradeció “el esfuerzo” del gobierno andorrano

Imagen de la frontera de la Farga de Moles, que cruzan cada día los trabajadores.
Andorra cambiará su legislación para poner fin a los “falsos” transfronterizos, trabajadores extracounitarios que obtenían autorizaciones de inmigración en el Principat a pesar de encontrarse en situación irregular en España. Esto es resultado de las denuncias por parte del ayuntamiento de La Seu d’Urgell, de la Generalitat e incluso del Gobierno español. Esta práctica tiene un fuerte impacto en la capital del Alt Urgell, que ha visto tensionado su mercado del alquiler y se ve obligada a asumir los servicios públicos que necesita esta población flotante.
La prohibición de estos “falsos” transfronterizos ha quedado incluida dentro del proyecto de ley de continuidad de las medidas de crecimiento sostenible que impulsa el gobierno andorrano. El texto, presentado la semana pasada, incorpora un nuevo artículo 45 bis a la Ley de Inmigración, que establece que, si el permiso implica pernoctar fuera de Andorra, hará falta acreditar la residencia legal en el país en el que se está residiendo.
“Paso adelante”
El alcalde de La Seu d’Urgell, Joan Barrera, valoró “muy positivamente” la modificación legislativa. Afirmó que “es lo que necesitamos para hacer frente al gran problema que padecemos desde hace meses” de transfronterizos que “llegaban de manera irregular y Andorra les arreglaba los papeles para poder trabajar en el país solo con el empadronamiento en nuestro municipio”. El edil agradeció “el esfuerzo” del gobierno del Principat, que ayudará a “dar un paso adelante” para normalizar la situación y reducir la tensión en servicios básicos como la vivienda, la educación o la sanidad “provocado por estos trabajadores que residían en La Seu d’Urgell y la comarca de manera irregular”. Asimismo recordó que la denuncia de la situación “la habíamos hecho por activa y por pasiva” tanto desde el ayuntamiento como desde las administraciones catalana y española.
El cambio legislativo en el país vecino contempla también la modificación del artículo 56 con un nuevo párrafo que explicita que el permiso de trabajo quedará denegado si se comprueba que “la autorización inicial se obtuvo de manera fraudulenta, o si las condiciones con las que se obtuvo el permiso no se han respetado”.