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El TSJC anula el dictado del 2017 que impedía el traslado de las obras del Museo de Lleida en Sixena

Les obras se trasladaron a finales del 2017 y el recurso se suspendió a la espera de la sentencia final del Supremo

El momento del traslado de las obras, en el Museo de Lleida en diciembre del 2017

El momento del traslado de las obras, en el Museo de Lleida en diciembre del 2017

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado la resolución que emitió el exconseller de Cultura Santi Vila en abril de 2017 que denegaba la autorización para trasladar las obras del monasterio de Sixena depositadas en el Museo Diocesà de Lleida. Aunque las piezas ya fueron trasladadas a finales del mismo 2017, coincidiendo con la aplicación del artículo 155 de la Constitución, ahora el tribunal ha estimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Vilanova de Sixena contra la decisión del Departamento de Cultura que pretendía frenar el traslado de este patrimonio artístico.

La resolución de Villa, firmada el 18 de abril de 2017, establecía textualmente "no autorizar la disgregación de la colección del Museo de Lleida, Diocesano y Comarcal, catalogada por resolución del conseller de Cultura del 20 de mayo de 1999, y no autorizar la salida de las instalaciones del Museo de Lleida de los 44 bienes procedentes del Real Monasterio de Sixena que forman parte de la citada colección". Esta decisión fue contestada judicialmente por el consistorio aragonés.

El proceso judicial ha sido largo y complejo. El Ayuntamiento de Vilanova de Sixena impugnó la resolución del conseller, pero los acontecimientos se precipitaron cuando, el 15 de noviembre de 2017, el juzgado oscense que instruía el litigio ordenó el traslado inmediato. Dos semanas después, el 30 de noviembre de 2017, la Audiencia oscense ratificó la sentencia y la Guardia Civil ejecutó el traslado el 11 de diciembre de aquel año, en plena aplicación del artículo 155.

A pesar del traslado físico de las piezas, el recurso contra la resolución del conseller continuó su curso judicial, pero en diciembre de 2018 se suspendió el procedimiento a la espera de que el Tribunal Supremo se pronunciara sobre la decisión de la Audiencia oscense. No fue hasta mediados de 2024, casi siete años después del traslado físico, cuando se reanudó el procedimiento, que ahora, ya en 2025, se ha resuelto nuevamente a favor del municipio aragonés.

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