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JUSTICIA IMPUESTOS

La jueza exime a una constructora de pagar 447.000 por la plusvalía

Anula 10 recibos de la Paeria, aunque esta ha recurrido la sentencia || Reitera que los municipios no pueden cobrar este gravamen hasta que no haya una nueva ley

La sede del departamento de Economía de la Paeria.

La sede del departamento de Economía de la Paeria.SEGRE

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La empresa Construciones Pallás se ahorrará con toda probabilidad el pago de 447.182,4 euros por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como plusvalía, después de que la titular del juzgado de lo contencioso administrativo de Lleida estimara el recurso que presentó contra diez recibos girados por la Paeria por este concepto. La sentencia, dictada a finales del pasado año, aún no es firme, ya que el ayuntamiento presentó un recurso que todavía no se ha resuelto, según confirmaron fuentes próximas al caso.

No obstante, hay que tener en cuenta que desde el pasado verano la magistrada de lo contencioso ha dictado ya diversas sentencias, tal como ha venido informando este diario, en las que concluye que los ayuntamientos no pueden cobrar este impuesto después de que el Tribunal Constitucional anulara hace justo un año (el 11 de mayo de 2017) parte de los artículos de la ley de Haciendas Locales que lo regulaban. El TC dictaminó que eran inconstitucionales porque sometían “a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor” y podían tener carácter confiscatorio. Al igual que en otros casos, la magistrada destaca que el Constitucional anuló la parte de la norma que fijaba cómo había que calcular este gravamen -que se aplica a todas las transmisiones de bienes urbanos, ya sean por compraventa, herencia o cualquier otra fórmula, como incluso desahucios- por lo que su cobro por parte será ilegal hasta que no se apruebe una nueva ley. En este sentido, aparte de anular las liquidaciones, precisa que “si el legislador dicta una norma al respecto, la misma se ajusta a las normas, y criterios constitucionales, y no se ha producido la prescripción [el plazo retroactivo es de 4 años], pueda volver a hacerse la liquidación”.

El TC anuló los artículos de la ley de Haciendas Locales que lo regulaban y aún no hay una nueva norma

El Gobierno central y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) acordaron una propuesta para regular este impuesto a través de una proposición de ley presentada por el PP en el Congreso, que aún está pendiente de ser votada. Según las estimaciones iniciales, la recaudación que obtiene los ayuntamientos por este gravamen se reducirá alrededor de un 20%, por lo que la FEMP reclama que el Estado les compense esta pérdida. La plusvalía es uno de los impuestos municipales que genera más ingresos . Como ejemplo, la Paeria recaudó el pasado año 12,2 millones por este concepto.

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