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El ayuntamiento de Lleida pide un dictamen sobre la zona comercial de Torre Salses a la Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat

El gobierno municipal da este paso a raíz del informe jurídico del Comú que pide revisar de oficio el expediente

Vista general de la zona de Torre Salses, donde Eurofund promueve un parque comercial.

Vista general de la zona de Torre Salses, donde Eurofund promueve un parque comercial.AMADO FORROLLA

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El Ayuntamiento de Lleida ha pedido un dictamen a la Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat sobre la posibilidad de revisar de oficio la aprobación definitiva del expediente de modificación del plan parcial urbanístico de Torre Salses (SUR-42). Por un criterio de prudencia, el gobierno municipal ha decidido dar este paso después de que el grupo del Comú de Lleida presentara el 23 de junio un informe jurídico que pedía revisar de oficio este expediente y, después, de un recurso de reposición contra los acuerdos de la Junta de gobierno local del 14 de julio relativos a este trámite urbanístico. El gobierno de ERC y JxCat reitera que su modelo comercial no es el de Torre Salses y señala que se limitará a cumplir la ley en la tramitación de este expediente.

Previamente a la petición de este nuevo dictamen, los servicios técnicos de la concejalía de Urbanismo y el secretario general del Ayuntamiento determinaron que no procedía esta revisión, mientras que tanto la Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental (OTAA) como la Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida concluyeron, a petición también de la Paeria, que la tramitación de este expediente se ha efectuado correctamente, aunque no les corresponde valorar la procedencia de su revisión de oficio.

A pesar de eso, por un criterio de prudencia, el gobierno municipal ha decidido pedir este nuevo dictamen previo a la Comisión Jurídica Asesora. De acuerdo con la Ley 5/2005 de la Comisión Jurídica Asesora, en caso de acabar iniciándose un procedimiento de revisión de oficio de actos nulos de pleno derecho de la administración de la Generalitat o de las administraciones locales de Catalunya es preceptivo el dictamen de este alto órgano consultivo.

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