TRIBUNALES
Condena por no facilitar la conciliación laboral
A un supermercado por vulnerar los derechos de una empleada con una hija de 3 años. Indemnización de 15.000 euros

Imagen del edificio judicial del Canyeret. - SEGRE
El juzgado de lo Social 2 de Lleida ha dictado sendas sentencias en las que condena a Mercadona por no facilitar la conciliación laboral y familiar y no adaptar los horarios de una trabajadora para que cuidara a su hija de tres años. La jueza condena a la empresa a indemnizarla con 15.000 euros –7.500 euros en cada sentencia– por daños morales, a “fijar unos horarios en atención a la adaptación solicitada” y declara “nula la modificación de condiciones de trabajo” que le aplicó. La mujer pidió adaptar los horarios –salir más pronto por la noche– para combinarse con su pareja, que tenía turnos nocturnos. Inicialmente la empresa lo permitió aunque, posteriormente, se lo denegó y modificó su horario, sin cumplir “con los parámetros de proporcionalidad de la medida”, según consta en los fallos. Por todo ello, considera que “la decisión empresarial de no conceder la concreción horaria solicitada no se ajusta a Derecho” y “se ha visto vulnerado su derecho a la dignidad, por afectar a derechos fundamentales y tener un móvil discriminatorio, por lo que procede estimar la pretensión de nulidad de la modificación de condiciones de trabajo”.
El abogado de la afectada, Josep Miquel Moragues, explica que “se declara la vulneración de los derechos fundamentales de la trabajadora como madre y a no ser discriminada por razón de sexo, así como a su indemnidad por la represalia que hubo contra su legítima reclamación”.
Por su parte, Mercadona afirma que “el fomento de la conciliación familiar es un valor transversal para Mercadona y así se integra en su modelo de gestión. Un ejemplo son las reducciones de jornada (más de 1.500 en Catalunya a finales 2024), o la implantación de la jornada 5+2, una medida pionera en el sector, reconocida como innovación, que consiste en librar 2 días a la semana con 8 fines de semana largos de 3 días”. Añaden que “en este caso se ofrecieron diversas alternativas en cuanto a horarios, que deben ser compatibles con los del resto de la plantilla y con los procesos de la tienda”.