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TRIBUNALES

Absuelta del robo de 19.620 €, joyas y un Rolex de la casa que limpiaba

Los denunciantes le pedían más de dos años de cárcel y la Fiscalía retiró la acusación

Imagen de archivo de un juzgado de lo Penal de Lleida. - SEGRE

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Albert Guerrero
Lleida

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El juzgado de lo Penal 2 de Lleida ha absuelto a una mujer acusada de robar 19.620 euros, joyas valoradas en 2.618 y un reloj Rolex tasado en 5.610 euros de la casa en la que se encargaba de la limpieza. La familia denunciante solicitaba una condena de dos años y tres meses de prisión y una indemnización de casi 26.000 euros por un delito de hurto con el agravante de confianza, mientras que la Fiscalía, que inicialmente solicitaba 18 meses de prisión, retiró los cargos al finalizar la vista oral. Por su parte, la defensa, representada por el abogado Enric Rubio, de Rubio Legal, solicitó la absolución ya que la acusada siempre mantuvo que ella no había sustraído nada.

Los hechos se remontan al mes de septiembre de 2018 cuando una familia denunció por robo a la mujer que se encargaba de las tareas del hogar. Le acusaron de haberse llevado joyas, un reloj de lujo y 19.620 euros en efectivo. El caso fue investigado por los Mossos d’Esquadra que, entre otros indicios, aportaron grabaciones de cámaras de seguridad de la zona cuando supuestamente se produjo el robo.

El juicio se celebró en julio y la jueza determina que “no existe prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia de la acusada”. En este sentido, argumenta que “los hechos pudieron haberse cometido por terceras personas desconocidas, tanto antes como después del periodo del que se aportan las grabaciones, no percatándose la acusada de la sustracción”. En este sentido, la juez indica que “no se efectuó estudio o análisis de la cerradura interior para analizar si los cilindros interiores estaban rotos con la técnica del Bumping, que no deja signos ni marcas perceptibles, como declararon los agentes que, por su trayectoria profesional, han sido conocedores de robos perpetrados con dicha técnica”. Añade, que “todo ello, con la ausencia de otras denuncias por hechos similares, durante la larga trayectoria de la acusada realizando labores del hogar en viviendas particulares”. Dice que “tampoco se ha demostrado que necesitase apoderarse de objetos de valor para alguna finalidad en concreto”. Por ello, la absuelve. Enric Rubio lamenta que “mi cliente ha tenido que soportar la existencia de este procedimiento penal durante más de seis años y medio. La prueba practicada fue tan demoledora que, el propio Ministerio Fiscal retiró la acusación”.

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