TRIBUNALES
Suspendida una mossa de Trànsit por multar a su expareja sentimental con el objetivo de coaccionarlo
El TSJC avala apartarla de empleo y sueldo tres meses y cambiarla de destino tras haber sido condenada. Abusó de “la potestad de formular denuncias”

La agente condenada y suspendida estaba destinada en la unidad de Trànsit de Tremp.
El TSJC (Tribunal Superior de Justicia de Catalunya) ha avalado la suspensión de empleo y sueldo de tres meses para una agente de los Mossos d'Esquadra de Trànsit que había multado a su expareja sentimental con el objetivo de coaccionarlo.
Los hechos se remontan a hace seis años, cuando la agente formuló “una denuncia de tráfico contra su expareja con la intención de coartar su libertad”, narra la sentencia del TSJC, que recuerda cómo esa actuación le acarreó una pena de multa de casi 6.000 € (24 meses a 8 € diarios) en el Juzgado de lo Penal número 3 de Lleida, cuyo titular le prohibió que se acercara a menos de 50 metros de la víctima y que mantuviera cualquier tipo de comunicación con ella.
Esa condena le acarreó una sanción disciplinaria de tres meses de suspensión de funciones, con pérdida de las retribuciones correspondientes, más un “traslado de puesto de trabajo y cambio de destino” que podría acarrearle una rebaja del sueldo. La resolución, firmada por el director general de policía el 15 de julio de 2020, acaba de ser ratificada por la sala de lo Contencioso del TSJC, ante la que la agente presentó un recurso en el que denunciaba varias presuntas irregularidades en la tramitación y la supuesta vulneración de algunos derechos.
El tribunal ha rechazado los planteamientos de la mossa d’esquadra, a la que le recuerda que no solicitó la práctica de ninguna prueba durante la tramitación de expediente disciplinario y que “la sanción administrativa no es complementaria” de la penal ni resulta desproporcionada.
El bien jurídico que conculcó la mossa al sancionar a su expareja “es el de la libertad” de esa persona, anotan los magistrados. Estos recuerdan que, mientras una de las obligaciones de los cuerpos policiales consiste en “garantizar que se presta la adecuada protección de los derechos y libertades de los ciudadanos”, la agente, “por el contrario”, optó por “conculcarlos por medio de la utilización de la potestad que tiene de formular denuncias administrativas con presunción de veracidad”.
El tribunal le impone a la agente las costas del proceso, aunque las limita al pago de 500 euros.