TRIBUNALES
Absuelto de abusar durante trece años de su hija con discapacidad
La Audiencia considera que no hay pruebas suficientes y que el relato de la mujer es “pobre en detalles” y no es concreto. La Fiscalía solicitaba 15 años de prisión

El juicio se celebró el pasado 21 de enero en la Audiencia de Lleida. - A. GUERRERO
La Audiencia de Lleida ha absuelto a un hombre de 62 años que fue juzgado por los supuestos abusos sexuales a su hija de 32 años, que padece una discapacidad psíquica, durante 13 años. La Fiscalía solicitaba una condena de 15 años de prisión. El tribunal determina que no hay pruebas suficientes contra el acusado, por lo que le aplica el principio jurídico in dubio pro reo, es decir, en caso de duda, se debe fallar a su favor.
Los supuestos abusos fueron denunciados después de que la mujer explicara a un psicólogo, que colabora con la fundación en la que reside en Camporrells, que su padre había abusado de ella. El psicólogo, que a su vez es técnico del departamento de Justicia, lo puso en conocimiento de la entidad pero no intervino en el caso, según explicó en el juicio, celebrado el 21 de enero. Explicó que le dijo que el progenitor “había estado abusando de ella sexualmente con penetración y tocamientos desde los 10 a los 21 años”. Por su parte, la denunciante, que declaró por videoconferencia, dijo que su padre le hacía tocamientos pero negó que la violara. “Me ponía encima de él como si hiciéramos el amor”, aseveró. Por su parte, el acusado lo negó y añadió que “se inventa muchas cosas”. A su vez, los psicólogos del Equip d’Assessorament Tècnic Penal (EATP) de Justicia afirmaron que se trataba de un relato que cumplía “con las características de un abuso intrafamiliar con una situación vivida”.
El tribunal basa su fallo en varios aspectos. Por un lado, declara la nulidad de la prueba preconstituida —la declaración que hizo la mujer ante los psicólogos de Justicia y, en consecuencia, la valoración que hicieron— al considerar que no se le informó de la posibilidad de acogerse a la dispensa de no declarar contra su padre, como alegó el abogado defensor, Andrés Mercadé. En cuanto a los testigos, “pese a que no ofrecen duda de su credibilidad, son meros testigos de referencia” y considera que la declaración que hizo la mujer en el juicio “adolece de una absoluta falta de concreción y es pobre en detalles, siendo las manifestaciones de esta absolutamente insuficientes para establecer un relato de hechos probados”. La sentencia no es firme y se puede recurrir.