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¿Qué plazo tiene el Parlament para constituirse tras las elecciones?

Una vista del Parlament de Catalunya

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El Parlament tendrá hasta el viernes 12 de marzo para constituirse tras las elecciones catalanas del 14 de febrero, en las que el PSC logró la victoria en votos, pero empató en 33 escaños con ERC, seguidos por Junts, que obtuvo 32.

Los plazos están recogidos en la Ley de Presidencia de la Generalitat y el Govern, que da al presidente de la Generalitat 20 días hábiles desde la fecha de las elecciones para convocar la sesión constitutiva de la Cámara.

Tras la sesión constitutiva del Parlament, en la que se elige el presidente de la Cámara y los miembros de la Mesa, se abre un plazo de 10 días hábiles para que el presidente de la Cámara proponga la investidura de un candidato a la Presidencia de la Generalitat.

Esto situaría el plazo máximo hasta el lunes 26 de marzo: entonces se sometería a una primera votación y, si no lograra la mayoría absoluta de los votos, dos días más tarde se celebraría una segunda votación, en la que al candidato le valdría la mayoría simple para ser investido.

Si tampoco lo lograra entonces, se abriría un plazo máximo de dos meses para encontrar un candidato –lo que llevaría a finales de mayo– y, si no fuera posible, se volverían a convocar elecciones automáticamente, como ocurrió tras la inhabilitación de Torra y provocó que los comicios cayeran el 14 de febrero.

LA POTESTAD DEL PRESIDENTE DEL PARLAMENT

Dos de los candidatos, el socialista Salvador Illa y el republicano Pere Aragonès ya han manifestado su intención de someterse a la investidura: el presidenciable del PSC lo tiene difícil porque sus opciones pasan solo por sumar con ERC y comuns, algo que los republicanos han rechazado, mientras que Aragonès propone un pacto con Junts, CUP y comuns, que también se antoja complicado porque cuenta con vetos cruzados.

La Ley de Presidencia indica que es el presidente del Parlament quien propone al pleno un candidato a la Presidencia: "Corresponde al presidente del Parlament proponer al pleno un candidato a la presidencia de la Generalitat, una vez consultados los representantes de los partidos y grupos políticos con representación parlamentaria", reza la norma.

De este modo, está por ver si el hecho de que Illa haya ganado las elecciones es suficiente para convencer al futuro presidente de la Cámara de que lo proponga –con casi total seguridad este presidente será de un partido independentista, ya que mantienen la mayoría absoluta en el hemiciclo–.

Existe como precedente la estrategia que la oposición planteó para hacer correr el reloj de la investidura tras la inhabilitación del expresidente Quim Torra, habida cuenta que no había un candidato alternativo en la Cámara: presentar a un candidato instrumental para que se constatase que no obtenía respaldos y comenzaran a correr los plazos.

Una estrategia que no llegó a sustanciarse, ya que no fue avalada por los letrados del Parlament, que en un informe concluyeron que el presidente de la Cámara, Roger Torrent, no estaba obligado a convocar un pleno de investidura si el candidato no tenía "posibilidades reales" de conseguir los apoyos para ser investido, como hubiera sucedido en el caso de que los naranjas hubieran presentado un candidato tras la inhabilitación de Torra.

Ahora, lo primero que está por ver es quién tomará esa decisión, quién será el presidente del Parlament ya que el independentismo sigue teniendo el control de la Cámara, pero los equilibrios dentro del bloque han cambiado: las elecciones han arrojado un mejor resultado para los republicanos que para Junts, que ha perdido la hegemonía del espacio.

En legislaturas anteriores, los independentistas se han repartido la Presidencia de la Generalitat –para quien tenía más respaldos– y la Presidencia del Parlament –para quien tenía menos–.

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