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Estrasburgo desestima los dos primeros recursos por las cargas policiales del 1-O

El TEDH no ve indicios de vulneraciones de derechos humanos en estas dos quejas contra España

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Estrasburgo desestima los dos primeros recursos por las cargas policiales del 1-OACN

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha desestimado los dos primeros recursos por|para las cargas policiales durante el referéndum del 1 de octubre. Después de agotar la vía judicial interna, dos ciudadanos del Bages denunciaron España al tribunal de Estrasburgo en agosto del 2020 por vulnerar su derecho a un juicio justo con una investigación "muy escasa" de las cargas.

También consideraban que se han vulnerado otros derechos fundamentales como el derecho a reunión, a la libre expresión y a no ser sometido a un tratamiento inhumano o degradante. Según ha podido saber la ACN, el pasado 25 de mayo del 2021 el TEDH declaró inadmisibles estos dos recursos porque|para que que las quejas son "infundadas" y no ve indicios de vulneraciones de derechos fundamentales.

Una sala formada por un único juez ha estudiado el caso, sin embargo "a la vista de las pruebas aportadas, no parece que se haya producido una vulneración de los derechos y libertades" de la Convención Europea de Derechos Humanos, según consta en la notificación del tribunal. La decisión es definitiva y no se puede recorrer|recurrir, si bien eso no impide otros afectados por|para las cargas del 1-O apelar a Estrasburgo cuando acaben el procedimiento judicial en el estado español.

Recurso por una intervención en el Bages

J.P.R y S. T. V fueron dos de los dieciséis heridos leves por la intervención de la Guardia Civil el 1 de octubre en la escuela Sant Miquel de Castellgalí, un pueblo de unos 2.000 habitantes cerca de Manresa donde se desplegó un fuerte efectivo para desalojar el colegio electoral. Insatisfechos por el archivamiento del caso en el estado español, estos dos ciudadanos fueron los primeros a denunciar en Estrasburgo que se habían vulnerado sus derechos fundamentales.

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