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La ponencia del Tribunal Constitucional avala el núcleo de la Ley de amnistía

El borrador estima parcialmente el recurso del PP y limita el alcance temporal de la ley

La sede del Tribunal Constitucional en Madrid.

La sede del Tribunal Constitucional en Madrid.Miquel Vera / ACN

Lluís Serrano
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El borrador de la sentencia de la Ley de amnistía que el TC debatirá en el pleno del 24, 25 y 26 de junio avala el núcleo central de la norma y sólo introduce algunos matices sobre su alcance. Según publican varios medios como 'El País', 'El Periódico', 'El Mundo' y 'elDiario.es', la ponencia elaborada por la magistrada Immaculada Montalbán considera que el texto es plenamente constitucional excepto tres puntos concretos. Así, establece que la amnistía tiene que incluir también a los que manifestaron en contra del proceso independentista; limita su ámbito de aplicación entre el 1 de noviembre del 2011 y el 13 de noviembre del 2023, y obliga al Tribunal de Cuentas a dar audiencia a las acusaciones populares antes de archivar las causas contables.

Contrariamente a lo que pretendía el recurso del PP, la ponencia, de más de 200 páginas, concluye que la amnistía es constitucional. El texto no hace ninguna mención específica al delito de malversación, el eje de las reticencias del Supremo a la aplicación de la ley de amnistía. En este sentido, fuentes del TC citadas por estos medios recuerdan que el recurso de los populares no impugnaba ningún aspecto relacionado con este delito, y por lo tanto la sentencia no lo aborda.

En cambio, el borrador sí que da la razón al PP en tres puntos concretos. Los populares argumentaban que la ley es arbitraria y vulnera el principio de igualdad porque afecta a los delitos cometidos con la finalidad de impulsar el proceso de independencia y también acciones realizadas por agentes policiales, pero no otros supuestos. La ponencia establece que incluye también a las personas que se manifestaron contra el proceso.

El texto de la magistrada Immaculada Montalbán también modifica el punto de la ley que estipula que se pueden amnistiar hechos que finalizaron su ejecución después de la fecha límite del 13 de noviembre del 2023. Según la ponencia, esta indefinición puede ser inconstitucional, y por lo tanto sólo se pueden amnistiar los hechos comprendidos entre el 1 de noviembre del 2011 y el 13 de noviembre del 2023. La tercera modificación hace referencia al archivo de las causas que se encuentran en el Tribunal de Cuentas. La ley establece que antes de hacer este proceso hay que escuchar el criterio del ministerio fiscal y de las entidades del sector público perjudicadas. El borrador añade también las acusaciones populares personadas.

La ponencia llegará a los magistrados del TC esta semana junto con el orden del día del pleno del próximo 10 de junio. En este pleno el TC abordará y previsiblemente rechazará las peticiones planteadas por el PP y tres magistrados para aplazar la deliberación sobre la amnistía hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales. 

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