El Supremo condena al Estado por excluir a un alumno con discapacidad
Recientemente, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en virtud de la cual condena al Estado a indemnizar con 25.000 euros a una familia cuyo hijo con síndrome de Down fue obligado a dejar su colegio ordinario para ser escolarizado en un centro de educación especial. La resolución reconoce que se vulneró su derecho a una educación inclusiva y que se produjo un funcionamiento anormal de la administración pública.
El menor estudiaba en un colegio público con apoyos específicos. Sin embargo, la administración decidió derivarlo a un centro especial, en contra del criterio de sus padres. Ante la situación éstos iniciaron diversos trámites y reclamaciones por entender que se habían vulnerado los derechos fundamentales del menor. Tras intentar revertir la decisión por la vía judicial sin éxito, la familia llevó el caso ante el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que emitió un informe en virtud del cual consideró que se había vulnerado la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad ratificado en su día por el Estado español. En el informe se concluye que el Estado español había excluido al niño del sistema educativo general sin valorar realmente sus necesidades.
Ahora, el Supremo da un paso más: por primera vez en nuestro país, acepta que un dictamen de un comité internacional de derechos humanos –aunque no sea vinculante– puede servir de base para reclamar al Estado una indemnización. Según el tribunal, no se trató solo de una decisión aislada, sino de un conjunto de actuaciones administrativas y judiciales que no garantizaron el derecho del menor a seguir en su colegio con los apoyos necesarios (actuando en contra de la educación inclusiva).
Aunque la familia reclamaba 350.000 euros, el Supremo ha fijado la indemnización en 25.000 euros, correspondientes a los gastos judiciales que tuvieron que afrontar. Aun así, la sentencia marca un hito importante en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad.
El caso reabre el debate sobre el acceso real a la educación inclusiva. La justicia ha dejado claro que no basta con buenas intenciones: garantizar la igualdad exige medios, compromiso y respeto a los tratados internacionales que han sido ratificados por el Estado.
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