El Gobierno español legaliza el cannabis medicinal para enfermedades como el dolor crónico
El Consejo de Ministros aprueba un decreto que permite el uso terapéutico en casos de dolor crónico, epilepsia, esclerosis múltiple y efectos de la quimioterapia

Hojas de una planta de cannabis
El gobierno español ha dado luz verde este martes a la regulación del uso medicinal del cannabis mediante la aprobación de un real decreto que permitirá utilizar preparados estandarizados como alternativa terapéutica en determinadas patologías. La medida autoriza estos preparados para pacientes que sufren dolor crónico, epilepsia grave, espasticidad asociada a la esclerosis múltiple o efectos adversos derivados de la quimioterapia, situaciones donde los medicamentos convencionales resultan insuficientes. Según establece la normativa, las fórmulas tendrán que ser prescritas exclusivamente por especialistas dentro del ámbito hospitalario.
Desde el Ministerio de Sanidad, dirigido por Mónica García, han calificado esta iniciativa como un "paso decisivo" en la integración del cannabis medicinal en el sistema sanitario español. El departamento ha enfatizado que las fórmulas elaboradas a partir de preparados estandarizados representan una alternativa con "potencial valor terapéutico", siempre bajo una "estricta supervisión médica y farmacéutica" que garantice tanto la eficacia del tratamiento como la seguridad del paciente. Esta regulación llega después de años de estudios que han demostrado los beneficios avalados por varios organismos internacionales en el tratamiento de determinadas condiciones médicas.
Un modelo flexible basado en evidencia científica
Una de las características más destacables del real decreto es que no establece un listado cerrado de indicaciones terapéuticas. En vez de eso, determina que los usos clínicos autorizados y las condiciones específicas de elaboración, dosificación y prescripción se fijarán en monografías que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) publicará en el Formulario Nacional en un plazo máximo de tres meses.
Este enfoque flexible permitirá una actualización continua basada en los avances científicos y la evidencia clínica disponible, abriendo la puerta a futuras incorporaciones de nuevas indicaciones terapéuticas.
Protocolo estricto de prescripción y seguimiento
El decreto establece un riguroso protocolo para garantizar el uso adecuado de estos preparados. La elaboración se realizará únicamente en servicios de farmacia hospitalaria debidamente autorizados, mientras que el seguimiento del tratamiento será una responsabilidad compartida entre el médico prescriptor y el servicio farmacéutico. Ambos profesionales tendrán que evaluar periódicamente la eficacia del tratamiento y la posible aparición de efectos adversos.
Para los casos excepcionales de pacientes en situación de vulnerabilidad, dependencia o con dificultades geográficas para acceder a los centros hospitalarios, el decreto contempla la posibilidad de que las comunidades autónomas establezcan mecanismos de dispensación no presencial, garantizando así el acceso equitativo a estos tratamientos para todos los pacientes que lo necesiten.