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Conceden la incapacidad laboral absoluta a un leridano por Covid persistente

Sentencia pionera dictada por el Juzgado de lo Social 2

Los informes médicos avalan graves e irreversibles lesiones

Vista de la seu dels jutjats de Lleida al Canyeret.

Vista de la seu dels jutjats de Lleida al Canyeret. - SEGRE

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El Juzgado de lo Social 2 de Lleida ha reconocido la incapacidad permanente absoluta para cualquier empleo a un afectado por Covid persistente. Se trata de la primera sentencia que trasciende de estas características en las comarcas leridanas. Según avanzó UA1, el Instituto de la Seguridad Social reconoció al demandante la incapacidad para el ejercicio de su empleo como conservador de museo y una pensión del 75% de su base reguladora. Sin embargo, el afectado acudió a los tribunales, representado por la abogada Ana Garrido, de los servicios jurídicos de UGT Terres de Lleida. Ahora, el tribunal ha estimado su demanda y declara la incapacidad permanente absoluta con una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora al constatar las graves secuelas que le originó la Covid y de las que aún se está recuperando. En la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, señala varios informes médicos, entre ellos el del médico del CAP, que señala que el demandante tiene secuelas en extremidades superiores e inferiores, alteración del equilibrio y de la postura que se derivan por la infección severa por Covid y que incluso son una limitación significativa para sus actividades básicas dela vida diaria. Asimismo, se le reconoció una discapacidad de un 55%. 

Mientras, un perito emitió un informe médico en el que, pese a la rehabilitación y tratamientos, se constataba que el demandante presenta pérdida cognitivas importantes, con dificultades de movimiento. “Siendo todas las limitaciones que presenta irreversibles y permanentes”, señala el informe médico. De hecho, también el Instituto Guttman, donde recibió rehabilitación, considera que las lesiones “son irreversibles y de por vida”. 

Por todo ello, el tribunal considera que se han acreditado las dolencias y concluye que la situación actual que presenta el demandante, “atendida su gravedad e irreversibilidad”, disminuye su capacidad laboral. De esta forma, estima íntegramente la demanda contra el INSS. La sentencia no es firme y puede apelarse ante el TSJC.

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