Cambio radical para los mutualistas jubilados: la ley permitirá devolver el IRPF en un solo pago
El Congreso aprueba una importante modificación que beneficiará a miles de afectados, permitiéndoles recibir íntegramente las cantidades reconocidas por el Tribunal Supremo

Una persona retira dinero en efectivo de un cajero automático.
El Congreso de los Diputados ha aprobado una significativa reforma legal que cambiará radicalmente la situación de miles de mutualistas jubilados en España. La modificación permitirá que estos pensionistas reciban en un único pago la devolución completa del IRPF que pagaron en exceso, según reconoció el Tribunal Supremo en sus sentencias de 2023. Esta medida supone un cambio sustancial frente al sistema actual, que obligaba a fraccionar estas devoluciones durante cuatro años, complicando notablemente el proceso para los afectados.
La reforma ha sido introducida como enmienda del PSOE en la ley sobre responsabilidad civil y seguro de vehículos a motor, actualmente en fase de tramitación parlamentaria. El informe elaborado por la ponencia ya ha recibido el visto bueno mayoritario, lo que permite avanzar hacia la siguiente etapa del proceso legislativo. Fuentes parlamentarias señalan que la comisión podría celebrarse a mediados de junio, lo que aceleraría la implementación de esta esperada modificación normativa.
La disposición final añadida al texto sobre seguros de motor transforma completamente el procedimiento que debe seguir la Agencia Tributaria para calcular y ejecutar las devoluciones derivadas de las sentencias del Alto Tribunal. El alcance de la medida es amplio, ya que afecta tanto a los periodos impositivos de 2019 y anteriores no prescritos, como a los comprendidos entre 2020 y 2022.
Simplificación radical en el sistema de reclamación
Con la nueva normativa, se modifica sustancialmente el formulario que los mutualistas deben utilizar para reclamar lo que les corresponde. Este documento funcionará ahora como herramienta unificada para iniciar el procedimiento de rectificación de autoliquidación o de devolución para todos los periodos impositivos afectados, tanto los anteriores a 2019 como los comprendidos entre 2020 y 2022.
Un aspecto fundamental de la reforma es que aquellos jubilados que ya presentaron el formulario antes de la entrada en vigor de esta disposición no necesitarán realizar ningún trámite adicional. Automáticamente se entenderá que con dicho documento también solicitan la devolución correspondiente a los ejercicios fiscales de 2020 a 2022, aunque inicialmente solo se refiriera a 2019 y periodos anteriores.
La nueva regulación también contempla la suspensión del cómputo del plazo de prescripción para aquellos derechos a solicitar devoluciones que no hubieran prescrito a fecha de 22 de diciembre de 2024. Esta suspensión se mantendrá desde dicha fecha hasta la entrada en vigor de la modificación, proporcionando así un margen temporal adicional a los afectados, muchos de ellos de avanzada edad.
El origen del conflicto con los mutualistas
La situación de los mutualistas jubilados experimentó un giro radical tras varias sentencias del Tribunal Supremo en 2023. Estos fallos obligaron a la Agencia Tributaria a modificar sus criterios, reconociendo el derecho de determinados pensionistas por jubilación o incapacidad a recuperar cantidades abonadas en exceso en sus declaraciones del IRPF.
Para facilitar este proceso, Hacienda habilitó un formulario online a principios de 2024. Sin embargo, el sistema presentaba importantes obstáculos, especialmente relacionados con la documentación exigida para periodos muy antiguos, lo que complicaba enormemente la recuperación efectiva de los importes para muchos jubilados.
Inicialmente, la Agencia Tributaria aceptó que la acreditación de la vida laboral podría ser suficiente para justificar las reclamaciones. No obstante, este criterio cambió posteriormente cuando se introdujo una disposición en la ley para fijar un impuesto mínimo global a las multinacionales, que modificó las normas de reintegro para los mutualistas.
Estos cambios normativos desencadenaron una oleada de críticas tanto desde el PP como desde Sumar, que acusaron al Gobierno de poner trabas a los mutualistas para recuperar un dinero que legítimamente les pertenecía por haber pagado cantidades excesivas de IRPF durante años.
El compromiso de María Jesús Montero
Ante esta situación, la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunció públicamente la necesidad de un cambio normativo que permitiera a los mutualistas recibir "de una vez y en un solo pago" las cantidades que les correspondían. Este compromiso se ha materializado finalmente mediante la incorporación de la enmienda en la ley sobre seguros de motor que actualmente tramita el Congreso.
La modificación legislativa supone un importante avance para miles de jubilados que llevan años esperando recuperar cantidades que, según estimaciones de distintas asociaciones de afectados, oscilan entre los 3.000 y los 15.000 euros. Con el nuevo sistema, se simplificará notablemente el proceso y se acortarán los plazos para hacer efectivas estas devoluciones.
¿Quiénes son los mutualistas afectados por esta reforma?
Los mutualistas beneficiados por esta reforma son principalmente profesionales que cotizaron a mutualidades profesionales antes de 1967, cuando no existía la posibilidad de cotizar al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Entre este colectivo se encuentran abogados, médicos, arquitectos, ingenieros y otros profesionales liberales que, al jubilarse, vieron cómo se les aplicaba un régimen fiscal menos favorable que al resto de pensionistas.
El problema radica en que estos jubilados tributaron doblemente: primero cuando realizaron sus aportaciones a las mutualidades (sin posibilidad de deducción) y posteriormente cuando recibieron sus pensiones (que fueron gravadas íntegramente). Esta doble imposición fue precisamente lo que el Tribunal Supremo consideró injusto y contrario a derecho en sus sentencias de 2023.
¿Cómo afecta la nueva normativa a los plazos de prescripción?
Un aspecto crucial de la reforma es su impacto en los plazos de prescripción. La legislación tributaria establece generalmente un periodo de cuatro años para reclamar devoluciones, lo que limitaba considerablemente las posibilidades de muchos mutualistas de edad avanzada.
Con la nueva normativa, se suspende el cómputo del plazo de prescripción para aquellos derechos a solicitar devoluciones que no hubieran prescrito a 22 de diciembre de 2024. Esta medida amplía significativamente la ventana temporal para presentar reclamaciones, beneficiando especialmente a aquellos jubilados que, por desconocimiento o falta de asesoramiento, no habían iniciado aún los trámites correspondientes.
¿Qué documentación será necesaria para tramitar la devolución?
Uno de los principales obstáculos que enfrentaban los mutualistas era la dificultad para recopilar documentación de periodos muy antiguos. La nueva normativa simplifica estos requisitos, aunque sigue siendo necesario demostrar la condición de mutualista y los periodos de cotización.
En principio, será suficiente con presentar el formulario habilitado por la Agencia Tributaria, adjuntando la vida laboral y, cuando sea posible, los certificados de las mutualidades correspondientes. Para aquellos casos en que resulte imposible conseguir cierta documentación por su antigüedad, se establecerán mecanismos alternativos de acreditación.
¿Cuándo se harán efectivas las devoluciones?
Aunque la normativa aún debe completar su tramitación parlamentaria, las previsiones apuntan a que las devoluciones únicas podrían comenzar a hacerse efectivas a finales de 2024 o principios de 2025. Los expertos recomiendan a los afectados que no hayan presentado aún su solicitud que lo hagan lo antes posible, para no quedar fuera de los plazos establecidos.
La doble imposición: el origen de la injusticia fiscal
El caso de los mutualistas representa uno de los ejemplos más claros de doble imposición en el sistema tributario español. Durante décadas, estos profesionales realizaron aportaciones a sus respectivas mutualidades sin poder deducirlas en su declaración de la renta, a diferencia de lo que ocurría con las cotizaciones a la Seguridad Social.
Posteriormente, al jubilarse y comenzar a percibir su pensión, la Agencia Tributaria consideró estos ingresos como rendimientos del trabajo, gravándolos íntegramente sin tener en cuenta que las aportaciones ya habían tributado previamente. Esta situación generó un agravio comparativo respecto a otros pensionistas y una clara injusticia fiscal que ha tardado años en reconocerse.
El Tribunal Supremo, en sus sentencias de 2023, estableció de forma inequívoca que esta práctica era contraria a derecho y reconoció el derecho de los afectados a recuperar las cantidades abonadas en exceso. Sin embargo, la implementación práctica de estas devoluciones se ha enfrentado a numerosos obstáculos administrativos y legales que la nueva normativa pretende solventar definitivamente.