Tu empresa te ofrece una compensación economica para sustituir las vacaciones: ¿Es legal?
Todo lo que debes saber sobre un derecho laboral que muchas empresas siguen ignorando

Dinero en efectivo.
La legislación laboral española protege firmemente el derecho a las vacaciones de todos los trabajadores. Según establece el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, cada empleado tiene derecho a disfrutar de 30 días naturales de vacaciones remuneradas al año, un periodo que no puede ser sustituido por compensación económica. Las empresas que incumplan esta normativa se enfrentan a sanciones que pueden alcanzar los 7.500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
El texto legal es claro al respecto: las vacaciones constituyen un derecho irrenunciable para el trabajador y las empresas no pueden ofrecer dinero a cambio de que sus empleados renuncien a disfrutarlas. Esta práctica, que lamentablemente sigue produciéndose en algunos entornos laborales en 2025, puede ser denunciada ante la Inspección de Trabajo, que la considera una infracción grave según lo establecido en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).
Concretamente, el artículo 7.5 de la LISOS califica como infracción grave "la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo a que se refieren los artículos 12, 23 y 34 a 38 del Estatuto de los Trabajadores".
¿Qué sanciones puede imponer la Inspección de Trabajo?
Las consecuencias económicas para las empresas que vulneren este derecho pueden ser considerables. Según el artículo 40 de la LISOS, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las infracciones graves relacionadas con impedir el disfrute de vacaciones están penadas con multas que oscilan entre los 751 y los 7.500 euros, dependiendo de la gravedad de la situación.
La normativa establece tres niveles de sanción: en su grado mínimo, las multas van de 751 a 1.500 euros; en su grado medio, entre 1.501 y 3.750 euros; y en su grado máximo, las sanciones pueden alcanzar entre 3.751 y 7.500 euros. La cuantía final dependerá de factores como la reincidencia, el número de trabajadores afectados o la intencionalidad del empleador.
¿Qué debe hacer un trabajador si le deniegan las vacaciones?
Cuando un trabajador se enfrenta a la negativa de su empresa para disfrutar de sus vacaciones, es importante conocer el procedimiento adecuado. Los expertos laborales señalan que, aunque la empresa deniegue el periodo solicitado de vacaciones, el empleado debe seguir acudiendo a su puesto de trabajo mientras se resuelve la controversia por vía judicial.
El proceso legal para reclamar este derecho comienza con la presentación de una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación correspondiente. Si esta vía no prospera y no se alcanza un acuerdo, el siguiente paso sería interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social competente. Durante todo este proceso, es recomendable conservar cualquier comunicación escrita con la empresa relacionada con la solicitud y denegación de vacaciones, ya que servirá como prueba documental.
La única excepción: compensación económica por fin de contrato
Existe una única situación en la que la legislación permite la compensación económica por vacaciones no disfrutadas. Se trata del caso en que se produce la extinción del contrato de trabajo, ya sea por finalización del mismo o por despido, y el trabajador tiene días de vacaciones generados pero no disfrutados.
En esta circunstancia, la empresa está obligada a abonar esos días pendientes en el finiquito. El cálculo se realiza proporcionalmente al tiempo trabajado durante el año en curso, sumando los días generados pero no disfrutados del período anterior, si los hubiera. Este pago no constituye una infracción, sino un derecho del trabajador a percibir la remuneración correspondiente por un tiempo de descanso que ya no podrá disfrutar debido a la finalización de la relación laboral.
El derecho a las vacaciones en la legislación española
La normativa sobre vacaciones en España se enmarca dentro de una tradición legislativa que reconoce la importancia del descanso para la salud física y mental de los trabajadores. Los 30 días naturales establecidos por el Estatuto de los Trabajadores representan un mínimo legal, que puede ser mejorado mediante convenios colectivos o acuerdos individuales entre empresa y trabajador.
Es importante señalar que estos días son "naturales" y no "laborables", lo que significa que incluyen fines de semana y festivos que caigan dentro del periodo vacacional. Además, el Estatuto establece que al menos 15 días deben disfrutarse de forma ininterrumpida, aunque esta distribución también puede modificarse mediante acuerdo.
¿Cuándo prescriben las vacaciones no disfrutadas?
Un aspecto relevante relacionado con las vacaciones es su plazo de caducidad. Según la jurisprudencia actual, los días de vacaciones generados en un año natural deben disfrutarse dentro de ese mismo periodo, salvo pacto en contrario. Tradicionalmente, se establecía el 31 de diciembre como fecha límite, aunque tras diversas sentencias del Tribunal Supremo, se ha flexibilizado este criterio permitiendo que puedan disfrutarse hasta el 31 de enero del año siguiente.
No obstante, existen excepciones a esta regla general. Si el trabajador no ha podido disfrutar de sus vacaciones por causas no imputables a él, como una baja médica prolongada o un permiso de maternidad/paternidad, tendrá derecho a disfrutarlas en un periodo posterior, incluso aunque haya transcurrido más de un año desde su generación.
La defensa del derecho a las vacaciones representa una protección fundamental para la conciliación y el bienestar de los trabajadores españoles, respaldada por un régimen sancionador que busca disuadir a las empresas de cualquier práctica que pretenda sustituir este tiempo de descanso por compensación económica. Por ello, los expertos recomiendan a los trabajadores conocer sus derechos y los procedimientos para hacerlos valer cuando sea necesario.