Instalar la máquina del aire acondicionado en la fachada: esto es lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal
El BOE confirma que colocar equipos de climatización en elementos comunes requiere autorización previa de la comunidad, con excepciones para zonas privativas

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La instalación de aparatos de aire acondicionado en fachadas está expresamente prohibida según establece la Ley de Propiedad Horizontal, tal como confirma el Boletín Oficial del Estado. Esta normativa, que afecta a millones de comunidades de propietarios en España, impide la colocación de estos dispositivos en elementos comunes sin la debida autorización comunitaria, especialmente ahora en verano que aumenta su demanda por las altas temperaturas.
Con el incremento de las temperaturas estivales, muchos españoles buscan soluciones para climatizar sus hogares. Sin embargo, la legislación limita claramente la instalación de equipos de aire acondicionado. El artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal especifica que "el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores", añadiendo que no puede perjudicar "los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad".
Este marco normativo también establece que "en el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador". Estos preceptos restringen considerablemente las posibilidades de instalar sistemas de climatización en zonas comunitarias sin el consentimiento explícito de la comunidad de propietarios.
¿Qué implica esta prohibición para los propietarios?
Un letrado de Millennials Abogados ha sido categórico al responder sobre la posibilidad de instalar un aparato de aire acondicionado en la fachada. A través de TikTok, el experto ha afirmado: "La respuesta es no". Esta negativa se fundamenta en que dicha instalación requiere autorización previa de la comunidad, según establece la normativa vigente.
El abogado ha explicado el fundamento legal señalando que "el artículo 7 de la ley de propiedad horizontal prohíbe a los propietarios realizar ninguna alteración, ya sea de los elementos comunes o privativos, siempre y cuando se altere la estética del edificio". Esta restricción busca preservar la armonía arquitectónica y evitar modificaciones unilaterales que afecten al conjunto del inmueble.
Excepciones contempladas en la legislación
La normativa contempla ciertas excepciones a esta prohibición general. El experto de Millennials Abogados matiza que "esta prohibición tendrá excepciones siempre y cuando tu aparato lo vayas a instalar en una zona privada que no tenga que alterar los elementos comunes de la comunidad de propietarios". Esto significa que los propietarios pueden instalar equipos en espacios privativos, como terrazas o patios de uso exclusivo, siempre que no afecten a elementos comunes ni alteren la estética general del edificio.
Estas excepciones permiten cierta flexibilidad en la aplicación de la norma, reconociendo el derecho de los propietarios a mejorar sus condiciones de habitabilidad dentro de los límites que impone la propiedad horizontal. Sin embargo, incluso en estos casos, es recomendable informar previamente a la comunidad para evitar posibles conflictos vecinales.
Consecuencias de incumplir la normativa
Instalar un equipo de aire acondicionado en la fachada sin autorización puede acarrear diversas consecuencias legales. La comunidad puede exigir la retirada inmediata del aparato, pudiendo incluso iniciar acciones judiciales si el propietario se niega a cumplir con lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal.
Estas acciones pueden derivar en procedimientos judiciales que, además de obligar a la retirada del equipo, podrían conllevar sanciones económicas y la obligación de asumir los costes de reparación de cualquier daño causado. La jurisprudencia reciente ha respaldado consistentemente los derechos de las comunidades frente a alteraciones no autorizadas de las fachadas.
Alternativas legales para climatizar la vivienda
Ante estas restricciones, los propietarios disponen de varias alternativas para climatizar sus hogares sin contravenir la normativa. Una opción es solicitar formalmente autorización a la comunidad de propietarios, presentando un proyecto detallado que minimice el impacto visual y técnico en la fachada.
Otras alternativas incluyen los sistemas de climatización portátiles o split que no requieren unidades exteriores en fachadas, los aires acondicionados por conductos o los sistemas VRV (Volumen de Refrigerante Variable) que permiten ubicar las unidades exteriores en zonas menos visibles como cubiertas o patios interiores.
Regulación de elementos comunes en la Ley de Propiedad Horizontal
La Ley de Propiedad Horizontal, cuya última actualización significativa se realizó en 2023, regula el régimen jurídico de las comunidades de propietarios en España. Esta normativa define las fachadas como elementos comunes de titularidad colectiva, necesarias para el adecuado uso y disfrute del edificio.
El espíritu de esta ley busca equilibrar los derechos individuales con los intereses colectivos, estableciendo mecanismos de toma de decisiones y requisitos específicos para modificar elementos comunes. Para cualquier alteración sustancial, se requiere el acuerdo de la junta de propietarios con mayorías cualificadas.
Procedimiento para solicitar la instalación a la comunidad
Si un propietario desea instalar un equipo de aire acondicionado que afecte a elementos comunes, debe seguir un procedimiento formal. El primer paso consiste en elaborar una propuesta detallada con las características técnicas del equipo, su ubicación exacta y el impacto visual que tendrá en la fachada.
Esta solicitud debe presentarse al presidente o administrador para su inclusión en el orden del día de la próxima junta. Durante la reunión, el propietario podrá exponer su proyecto y responder a posibles dudas. Dependiendo de la naturaleza de la instalación, la aprobación requerirá diferentes mayorías: simple para alteraciones menores o tres quintos para modificaciones más significativas.
Tendencias actuales en normativa de edificación
Las nuevas tendencias en arquitectura y eficiencia energética están influyendo en la aplicación de la Ley de Propiedad Horizontal. Los edificios de construcción reciente suelen incorporar zonas específicas y preinstalaciones para equipos de climatización, facilitando su instalación posterior sin afectar a la estética ni a elementos comunes.
Asimismo, muchas comunidades están adoptando normativas internas que regulan específicamente la instalación de estos equipos, estableciendo criterios homogéneos sobre ubicación, dimensiones y características técnicas. Estas iniciativas permiten compatibilizar las necesidades de climatización con el respeto a la configuración exterior del edificio.