La Audiencia de Lleida condena a 3 años y medio de prisión al acusado de apuñalar a un joven en Cervera
El tribunal descarta la tentativa de homicidio y atribuye un delito de lesiones agravadas al procesado

El procesado por intentar matar a un hombre en Cervera, durante el juicio en la Audiencia de Lleida.
La Audiencia de Lleida ha condenado a 3 años y medio de prisión por un delito de lesiones al acusado de clavar cuatro cuchilladas a un chico en Cervera el 12 de marzo de 2023. El tribunal descarta que los hechos constituyan un delito de homicidio en tentativa, tal como pretendían la Fiscalía y la acusación particular, que solicitaban una pena de 9 años y 11 meses de prisión. Durante el juicio, el procesado declaró que el autor de los hechos era un amigo suyo que también fue detenido por los Mossos, pero que acabó siendo exculpado por la víctima. El acusado afirmó que este amigo había sobornado a la víctima para que lo desvinculara de los hechos ante la policía. La Audiencia, sin embargo, considera esta tesis "ilógica e incoherente" y subraya que no se ha demostrado. Según la sentencia a la que ha tenido acceso la ACN, hacia las 6.00 del 12 de marzo de 2023, el procesado discutió con la víctima a la salida de un local de la avenida Duran i Sanpere de Cervera. El enfrentamiento derivó en una pelea en que el procesado, "con el ánimo de menoscabar su integridad física atacándolo con una navaja o con un elemento similar", agredió a la víctima clavándole dos navajazos en el abdomen, una en la cara posterior de la pierna y otra en las costillas, y después huyó rápidamente del lugar de los hechos.
El tribunal justifica la condena por la declaración de la víctima, que considera "totalmente creíble, verosímil y sincera". El agredido declaró al juicio que vio únicamente cómo el procesado le clavaba una cuchillada, pero que no fue consciente del resto de heridas. De todos modos, como él y otro testigo manifestaron que allí sólo había el procesado, la sala voz "lógico y racional" que este fuera el autor de las cuatro cuchilladas.
En la sentencia, las magistradas afirman no tener "ninguna duda sobre la credibilidad del relato de la víctima", aunque la defensa insistió en que había cambiado de versión hasta tres veces: ante la policía en el lugar de los hechos, en el hospital y durante el procedimiento judicial. El tribunal subraya que los agentes reconocieron que no pudieron tomar declaración a la víctima en el lugar de los hechos y considera que no se puede dar trascendencia a la versión que ofreció al hospital atendido su estado, ya que acababan de operarlo.
"La sala no aprecia contradicciones relevantes porque la víctima ha sido persistente en la incriminación de los hechos respecto del acusado y ha apuntado que es él quien le clavó los navajazos", recoge la sentencia. Además, el tribunal rechaza la tesis planteada por la defensa --que el verdadero autor de los hechos sobornó a la víctima-- al considerarla "ilógica, incoherente y falta de cualquier soporte probatorio". Además, recuerdan a las magistradas, la víctima negó que hubiera recibido dinero de este otro individuo.
La intención del acusado "no era matar a la víctima"
La fiscalía y la acusación particular pretendían una condena por homicidio en grado de tentativa, pero la sala se muestra convencida de que "el ánimo del acusado no era matar a la víctima, sino menoscabar su integridad física". Lo argumenta porque el arma no ha aparecido ni se ha podido acreditar "de forma fiable" su tamaño; porque ninguna de las lesiones afectó órganos vitales ni comprometió la vida de la víctima, y porque "no se aprecia un móvil por el cual realmente quisiera quitarle la vida".
Por otra parte, la Audiencia descarta aplicar al procesado los atenuantes de consumo de alcohol o drogadicción porque, por una parte, no ha quedado acreditado que tuviera afectadas sus capacidades por la ingesta de alcohol y, de la otra, porque no se ha presentado ninguna documentación que acredite que es toxicómano. El hombre fue arrestado el 13 de marzo de 2023 e ingresó en el centro penitenciario de Lledoners.
Indemnización de más de 25.000 euros
Además de los 3 años y medio de prisión por un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso, la Audiencia de Lleida prohíbe al condenado aproximarse a menos de 200 metros de la víctima ni comunicarse con ella durante 5 años. En concepto de responsabilidad civil, establece una indemnización de 25.136 euros por las lesiones y secuelas ocasionadas a la víctima, que pasó siete días hospitalizado en Igualada y estuvo un mes de baja. El tribunal también le impone los gastos procesales.
El procesado negó los hechos al juicio y la defensa ha recurrido la sentencia en apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. De forma subsidiaria a la absolución, la defensa planteó al juicio una condena de 2 años de prisión por un delito de lesiones agravadas y de 2,5 años --con los atenuantes de consumo de alcohol y drogadicción-- en caso de que la condena fuera por tentativa de homicidio.