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TRIBUNALES DERECHO INTERNACIONAL

Londres pide extraditar a un vecino de la Noguera por un robo de 2013

Un vecino de Artesa de Segre acusado de sustraer dinero y joyas de la catedral de Saint Paul || La Audiencia Nacional lo deniega porque la pena inglesa es muy alta

Vista de la catedral de Saint Paul de Londres.

Vista de la catedral de Saint Paul de Londres.GOOGLE

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Curiosa peripecia judicial la que ha vivido un vecino de Artesa de Segre con la justicia inglesa por un robo que supuestamente cometió en 2013 en la catedral de Saint Paul. La Audiencia Nacional ha denegado su extraditación a Inglaterra por prescripción de unos hechos del 3 de marzo de 2013 cuando se produjo un robo de dos cajas de donativos y joyas valoradas en 2.096 libras (unos 2.500 euros) de la tienda de regalos del templo. La policía halló su ADN en la sangre que había en un cristal.

Fue arrestado y “se le dejó en libertad condicional, con la obligación de entregarse a la autoridad del Tribunal de la Corona, y no lo hizo tal y como se le había ordenado el 19 de junio de 2013”, según consta en el auto de la Audiencia Nacional. Abandonó el país y sobre él pesaba una orden de detención del Tribunal Central Criminal de Londres, para enjuiciamiento por un delito de robo con fuerza en las cosas punible con hasta 10 años de prisión. El vecino de Artesa de Segre compareció el 21 de abril ante la Audiencia Nacional donde se celebró una vista.

Según el auto, “manifestó que no quería ser entregado dado que los hechos databan del año 2013 y que no usó mucha fuerza dado que solo cogió el dinero de la catedral que estaba allí”. También añadió que se mudó a Francia, donde se rechazó la misma petición por apreciarse la prescripción, y que actualmente está trabajando y su deseo es permanecer en España. Aportó datos de su domicilio y de su contrato laboral.

Además, afirmó que “ha dado un giro a su vida, dejando conductas de las que no se sentía especialmente satisfecho”. La Fiscalía valoró que se trata de unos hechos que han prescrito. En este sentido, el tribunal afirma que esta tesis “ha de ser acogida” y razona que “se ha de tener en cuenta el amplio periodo temporal transcurrido entre los hechos y la reclamación formulada, aunque responda a una orden de detención de diciembre de 2020: más de diez años”.

Asimismo, concluye que supondría que los hechos serían enjuiciados 11 años después y que “la pena prevista en la regulación penal española es de tres años de prisión y la prescripción para delitos con esa pena es a los cinco años”. Por todo ello, deniega la extradición.

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