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TRIBUNALES

El Tribunal Supremo confirma 17 años de prisión por un crimen en Les Borges

El autor clavó un cuchillo jamonero de 36 centrímetros a la víctima de “forma inesperada” en 2022. Un jurado popular le declaró culpable de asesinato

El juicio se celebró en la Audiencia de Lleida en noviembre de 2024. - AMADO FORROLLA

El juicio se celebró en la Audiencia de Lleida en noviembre de 2024. - AMADO FORROLLA

Albert Guerrero
Lleida

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El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 17 años de prisión para Jesús Giménez Giménez, el autor confeso de la muerte de Karol Mrizo, un vecino de Les Borges Blanques de 34 años, el 9 de octubre de 2022. El Supremo desestima el recurso presentado por la defensa, como ya hizo el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). La sentencia ya es firme y no se puede recurrir.

El Tribunal Supremo determina que, “como se declaró probado por el tribunal del jurado, el acusado dio muerte al Mrizo de forma rápida, sorpresiva e inesperada, con un cuchillo de grandes dimensiones, sin que el mismo pudiera defenderse”. La defensa del acusado alegó que se había vulnerado el derecho de presunción de inocencia, vulneración de la tutela judicial efectiva y que no hubo alevosía. Los magistrados lo desestiman.

Cabe recordar que el crimen se produjo la tarde del domingo 9 de octubre de 2022 después de que la víctima recriminara a la familia del acusado que uno de ellos les había entrado a robar en el domicilio. Se encontraron en un parking situado entre la avenida de la Sardana y la calle Comerç. Fue allí donde Giménez clavó a Mrizo un cuchillo jamonero de 36 centímetros de hoja en el abdomen. Posteriormente huyó. Dos días después se entregó a los Mossos d’Esquadra. La víctima resultó gravemente herida y fue trasladada inicialmente al CAP y, posteriormente, al Arnau de Vilanova, donde falleció. El cuchillo tenía restos de sangre hasta los 32 centímetros y estaba doblado por la fuerza. Los Mossos hallaron el arma tirada en una finca cercana.

El jurado popular declaró al acusado autor de un delito de asesinato y descartó el de homicidio –hubiera comportado menos condena–. Sin embargo, consideró que se le debía aplicar la circunstancia atenuante de confesión tardía –por entregarse en comisaría dos días después y confesar la autoría–. La Fiscalía y el abogado de la familia de la víctima, Daniel Ibars, solicitaron que se le impusiera una condena de 20 años de prisión. La Audiencia la fijó en 17 años y estableció una indemnización 160.000 euros para los familiares de la víctima, 120.000 de ellos para la pareja y 45.000 para el padre.

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