TRIBUNALES
Ezquerra, absuelto de amenazar y coaccionar a urbanos en Alcarràs
El juez considera que, aunque tuvo “actuaciones reprobables”, no es constitutivo de delito. Le pedían seis meses de multa y una indemnización de 11.000 euros

Manel Ezquerra estaba acusado de dos delitos leves. - SEGRE
El Tribunal de Instancia número 2 de Lleida –antiguo juzgado de Instrucción número 2— ha absuelto a Manel Ezquerra, exalcalde de Alcarràs y actual diputado en el Parlament por el PSC, de sendos delitos leves de amenazas y coacciones a dos agentes de la Policía Local de esta localidad del Segrià en 2021, cuando ocupaba el cargo de teniente de alcalde, en un caso que avanzó SEGRE. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Audiencia de Lleida.
El juez considera que las actitudes de Ezquerra “no pueden considerarse constitutivas de los delitos penales por los que se han seguido las presentes actuaciones”, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico. Pese a ello, el juez afirma que el acusado incurrió en “actuaciones en todo punto reprobables desde el punto de vista de una sociedad civilizada y, que en su caso, pudieran ser objeto de reproche en el ámbito administrativo o laboral”.
Dos incidentes
Los hechos ocurrieron el 30 de junio de 2021 y hubo dos incidentes con una patrulla de la Policía Local. En ambos casos, Ezquerra, entonces teniente de alcalde, negó que amenazara y coaccionara a los urbanos. El primero fue una discusión con ellos durante un altercado del político con un vecino. Los agentes denunciaron que les exigió que le detuvieran, pero que se negaron a hacerlo al considerar que no había motivos para ello, por lo que Ezquerra les increpó. “Nunca hacéis nada, vuestra actuación es pésima, estáis acabados”, declararon en el juicio, celebrado el pasado 8 de enero. Además, aseguraron que les había amenazado con “suspendernos de empleo y sueldo, y de abrirnos un expediente disciplinario”, y “hablaba fuera de sí”. Sobre este episodio, el juez determina que se trata de versiones contradictorias y que lo que dijeron los agentes no ha sido corroborado por testigos presenciales. Sobre el segundo incidente, una discusión en la comisaría de la Policía Local, declara probado que Ezquerra profirió expresiones a los agentes como “no servís para nada”, “eres una quinqui”, “aquí llorando delante del jefe para dar lástima”, “usando armas de mujer”, entre otras. Sobre este caso, determina que “más que una situación de intimidación lo que parece acontecer es un cruce de palabras y gestos entre distintas personas y de forma recíproca”.
Baja laboral
Tras los hechos, ambos los policías estuvieron de baja laboral 55 y 290 días respectivamente y declararon que tuvieron que abandonar el cuerpo policial de Alcarràs. Sobre ello, el juez apunta en la sentencia que “sin que por parte de este juzgador se ponga en duda, en modo alguno, la repercusión física y psicológica que los sucesos objeto de enjuiciamiento hayan podido tener en la persona de las partes denunciantes”.
La acusación, representada por el abogado Daniel Ibars, solicitó que se le impusiera seis meses de multa y una indemnización de 1.738 euros y 9.166 euros para cada policía, respectivamente. En cambio, la defensa, ejercida por la letrada, Magda Vila, pidió la absolución. La sentencia no es firme y se puede recurrir durante la próximo semana ante la Audiencia de Lleida.