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La Fiscalía recurre la condena de solo una multa a la conductora de Alfés por provocar tres muertes de tráfico

Insiste en que la imprudencia de la conductora de Alfés fue grave y pide cárcel. Causó el siniestro al ir distraída bebiendo café al volante e invadir el carril

Agentes de los Mossos d’Esquadra en el lugar del accidente, ocurrido el 22 de septiembre de 2022. - SEGRE

Agentes de los Mossos d’Esquadra en el lugar del accidente, ocurrido el 22 de septiembre de 2022. - SEGRE

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La Fiscalía ya ha presentado recurso contra la sentencia de la Audiencia de Lleida que condena a solo una multa de 5.400 euros a la conductora que provocó la muerte de tres motoristas el 22 de septiembre de 2022 en la C-12 en Alfès. El tribunal rechazó la petición de prisión del Ministerio Público al concluir que, pese a ir distraída bebiendo un café, esta imprudencia fue menos grave, como avanzó ayer SEGRE.

En su recurso, la Fiscalía considera que esta distracción debe ser considerada de grave. Recuerda que la sentencia da por probado que la acusada llevaba en su mano derecha un vaso de café, lo que produjo que se distrayera hasta cruzar el carril contrario de la circulación y que tal distracción la llevó, incluso, a no apercibirse del avance de los vehículos que se le aproximaban de frente. Asimismo, el fiscal señala que, efectivamente, la conductora no iba a una velocidad excesiva, ni bajo los efectos del alcohol, pero “la misma iba distraída”, por lo que “empezó a salirse de la vía” sin ser consciente hasta que tocó un bordillo de forma leve, reaccionando dando un volantazo, invadiendo el carril contrario y colisionando con dos motos que venían de frente (en una de ellas iban dos víctimas). Para la Fiscalía, este giro brusco, además de ir distraída, debe ser calificado como grave. En este sentido, recuerda que el reglamento general de circulación califica de infracción grave el conducir con una sola mano y, de muy grave, invadir el carril contrario.

En su recurso, el fiscal, que pide una pena de seis años de cárcel, también considera que el “nivel de previsibilidad en el presente supuesto en que la acusaba, si iba distraída y perdía el control del vehículo, pudiera ocasionar resultados lesivos al resto de usuarios de la vía, era mayor, en tanto que se trataba de una vía de doble sentido”. Asimismo, recuerda las testificales de los agentes de los Mossos, que equipararon el llevar el vaso de café al uso del móvil y que se podría haber evitado conduciendo con las dos manos y con la atención necesaria. Una de las familias, representada por el abogado Xavier Prats, también ha recurrido la sentencia ante el TJSC, como ya publicó ayer este diario. Solicita 9 años de prisión.

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