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El Supremo da la razón al consell de la Segarra en el litigio del agua

Resuelve que es competente para establecer los precios del agua y hacer un reglamento comarcal

La sentencia llega tras 9 años de juicios

L’alcalde de Sant Ramon el 2015, Aleix Bochaca, a la dreta, va ser l’impulsor dels contenciosos.

El alcalde de Sant Ramon en 2015, Aleix Bochaca, a la derecha, fue el impulsor de los contenciosos. - X.S.

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La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos en casación contra consell de la Segarra por diversos ayuntamientos de la comarca en el establecimiento de las tarifas del agua a los municipios (en una sentencia de 13 de marzo) y en la legitimidad el reglamento del agua que determina que la competencia del agua es del consell por la delegación que realizaron los consistorios en el año 2000 (sentencia de 27 de febrero). En el primer caso, los ayuntamientos firmantes del recurso de casación fueron los de Sant Ramon y de Talavera, y en el segundo se añadieron también los de Granyena y Granyanella.

Según el expresidente del consell, Francesc Lluch, de haberse perdido el contencioso se hubiera generado una situación insostenible a nivel económico en la entidad comarcal. 

El consell de la Segarra aprobó en 2015 una tarifa del agua en función de la cantidad consumida. El precio anterior, que se remontaba al reglamento del año 2000, se calculaba aplicando un coste solidario para toda la comarca que partía de un consumo de 300 litros por habitante y día. La situación provocaba que por el número de vecinos, Cervera y Guissona, asumieran el 80% del coste comarcal del agua, mientras que otros municipios con pocos vecinos pero con muchas granjas de animales que se abastecen de la misma agua, pagaban cantidades proporcionalmente pequeñas a pesar de tener un consumo muy elevado. 

La modificación tarifaria, advierte el Tribunal Supremo, viene además avalada por el decreto Legislativo 3/2003 de Catalunya que mantiene que “la Agencia Catalana de l’Aigua es la competente para aprobar, definitivamente, las tarifas de los servicios de abastecimiento de agua en alta de carácter supramunicipal”. Los contenciosos fueron interpuestos en 2015 durante el mandato de Xavier Casoliva, al considerar que las nuevas tarifas y el reglamento del agua no habían sido consensuados con los alcaldes, y se sentenciaron en 2020 a favor del consell por parte del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya durante el mandato de Francesc Lluch. El coste de los tribunales ha sido de 40.000 euros por parte del consell y de los ayuntamientos afectados. El TS no ha impuesto costas.

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