El circuito de Alcarràs tendrá que pagar 145.000 euros por un accidente mortal de kart
La Audiencia de Lleida confirma la existencia de una responsabilidad compartida entre la víctima y la empresa gestora

El accidente se produjo en el circuito polivalente, en la imagen.
La Audiencia de Lleida ha condenado al circuito de Alcarràs a pagar 145.000 euros a los familiares de un hombre que falleció en 2016 a raíz de un accidente ocurrido en sus instalaciones. La víctima, de 44 años, conducía su propio kart y chocó contra un muro de hormigón por un fallo en los frenos del vehículo. En 2018 la Audiencia archivó la vía penal, pero en la vía civil el juzgado de primera instancia 8 de Lleida apreció la existencia de una responsabilidad compartida entre la víctima y la empresa. En concreto, el juzgado concluyó que los gestores de las instalaciones tenían que indemnizar a los familiares porque el perímetro del circuito no disponía de barreras de seguridad y eso habría podido reducir la gravedad del siniestro.
A mediados de marzo, la sección civil de la Audiencia rechazó el recurso de apelación presentado por la empresa y mantuvo el criterio de concurrencia de culpas establecido en primera instancia, que fijaba un 55% de responsabilidad para la víctima y un 45% para la empresa explotadora del circuito. Según el juzgado, la falta de sistemas de protección vulneraba los estándares de seguridad.
A pesar de eso, el juzgado de instancia había determinado que la causa principal del accidente fue un defecto mecánico en el sistema de frenado del kart atribuible al conductor como principal responsable de la conservación y el mantenimiento de su vehículo. Según la investigación de los Mossos, una mala praxis en el mantenimiento del kart hizo que las pastillas de freno salieran disparadas.
Con respecto a la indemnización, la Audiencia estimó parcialmente la impugnación de la familia y modificó los importes fijados inicialmente. En concreto, consideró que los 12.000 euros percibidos por la viuda en concepto de seguro de accidentes personales no pueden ser deducidos de la indemnización por responsabilidad civil. Finalmente, estableció una indemnización de 145.500 euros para la viuda y el hijo.
El accidente se produjo el 28 de marzo de 2016 durante una carrera de karts en el circuito de Alcarràs, alquilado expresamente para realizar tandas privadas. El conductor del vehículo accidentado fue trasladado herido grave al hospital, donde finalmente murió el 2 de abril. La resolución de la Audiencia de Lleida no es firme y se puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.