COMPETENCIA
La CNMC no ve “fundamental e insustituible” al Sabadell
Competencia afirma que pierde cuota de crédito a pymes desde 2021. Rechaza peticiones de que el BBVA haga desinversiones

La presidenta de la CNMC, Cani Fernández. - EUROPA PRESS
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) rechazó que Banco Sabadell tuviera un “carácter insustituible” en el crédito a pymes en su análisis de la oferta pública de adquisición de BBVA sobre el banco catalán, según se desprende del informe completo de la concentración que se publicó ayer.
La CNMC decidió rechazar las alegaciones realizadas por Sabadell en las que trataba de mostrar su relevancia argumentando que su actividad es importante para el banco en relación con otros negocios. “Esta alegación muestra, sin duda, que el segmento de pymes es relevante para Sabadell, pero no que el banco sea relevante o indispensable para el sector”, determinó el informe.
Además, la CNMC identificó que entre 2021 y 2023, la cuota de Sabadell a nivel estatal “es la que más se reduce” en crédito a pymes, “lo que muestra que su relevancia en el mercado está disminuyendo. Por comunidades, la cuota de mercado de Sabadell en Catalunya, el territorio más afectado, ha caído en un rango de 0 y 5 puntos porcentuales desde 2021. “Esta evolución, junto con la presencia de operadores de mayor tamaño, hace que no se pueda aceptar que se trata de un operador insustituible en el mercado de crédito a pymes, tampoco en esa Comunidad”, argumentó la CNMC.
En la valoración de los compromisos presentados por BBVA, la CNMC recoge en su informe la petición de Sabadell de que se realicen “determinadas desinversiones” como solución de los riesgos en el mercado de pymes identificados por Competencia, algo que también solicitaron las asociaciones de empresas en el último test de mercado realizado en abril. La CNMC, sin embargo, rechaza esta petición de desinversiones porque, si bien los problemas identificados “no carecen de relevancia”, señala que se trata de cuestiones “puntuales y localizadas” y no puede concluir que vayan a tener un carácter indefinido y revistan de una naturaleza tal que solo pueden ser resueltos mediante compromisos estructurales.