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SUCESOS VIOLENCIA MACHISTA

El juez encarcela a un leridano por una brutal paliza a su expareja

El agresor golpeó y orinó encima de la víctima, que acabó ingresada en el Arnau

Imagen de archivo de los juzgados de Lleida.

Imagen de archivo de los juzgados de Lleida.SEGRE

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Un hombre se encuentra en prisión provisional acusado de romper una orden de alejamiento de su expareja para agredirla de nuevo en un domicilio de Lleida ciudad. Los hechos ocurrieron a finales del pasado mes de junio cuando, según consta en el auto de la Audiencia de Lleida al que ha tenido acceso este diario, en la noche del 29 al 30 el acusado supuestamente agredió en repetidas ocasiones a la víctima, de unos 30 años, “llegando a orinarse encima suyo y causándole lesiones”, lo que provocó que la mujer acabara en el Arnau de Vilanova para ser atendida. Un día después de lo ocurrido, el juzgado de Instrucción número 3 de Lleida acordó la prisión provisional del detenido, medida que fue recurrida por el acusado ante la Audiencia Provincial de Lleida. Sin embargo, el tribunal leridano considera que hay indicios suficientes para considerar al investigado, que tenía una orden de prohibición de acercarse a la víctima impuesta por el juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Lleida, presunto autor de un delito de maltrato con el agravante de quebrantamiento de una orden de alejamiento. La Audiencia cree, además, que el testimonio de la víctima tiene fuerza indiciaria suficiente y su versión está corroborada por el parte de asistencia en el centro hospitalario, por el informe médico-forense y por una serie de fotografías de las lesiones. Tampoco tiene en cuenta si la convivencia en el momento de los hechos (supuestamente la mujer se había trasladado desde Sabadell a Lleida para reanudar la relación con su expareja) era consentida o no por la víctima, ya que “resulta irrelevante a los efectos de la comisión del delito”.

Por todo ello, la Audiencia de Lleida desestima el recurso interpuesto por el detenido y mantiene la prisión provisional del acusado para evitar que pueda volver a actuar, “algo que a la vista de las circunstancias resulta más que previsible ante la reiterada actitud atentatoria contra la víctima por parte del imputado que no ha podido ser enervada a través de la prohibición de aproximación”. También tiene en cuenta los antecedentes del presunto agresor, ya que la víctima le había denunciado en ocasiones anteriores y el juzgado de lo Penal 4 de Sabadell ya le había impuesto otra orden de alejamiento

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