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La Audiencia rechaza que la Generalitat se persone en la causa contra policías del 1-O en Lleida

En el auto alega que este papel está reservado a los ciudadanos y que la acción pública penal pertenece al ministerio fiscal

Càrregues policials al CAP de Cappont de Lleida

Amado Forrolla

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La Audiencia de Lleida ha rechazado finalmente, tal como pedía la fiscalía, que la Generalitat se persone como acusación popular para defender a tres votantes heridos presuntamente por agentes de la policía española el 1-O en Lleida. Ya se pronunció en este sentido, el 28 de enero de este 2019, el juzgado de instrucción 2 de Lleida, pero el abogado de la Generalitat recurrió la decisión. Ahora, la Audiencia ha desestimado el recurso de apelación y confirma la decisión del juzgado. En el auto, la Sala alega que la Generalitat no puede ser acusación popular por dos motivos. El primero, porque "la acción pública penal pertenece al ministerio fiscal" y el segundo, porque la acusación popular está reservada a los ciudadanos y no a las administraciones. "La acusación popular es una concesión a la participación del pueblo en la Justicia, no a la participación de más poderes en la Justicia, añade".

La Generalitat pidió la personación como acusación popular en 25 casos en toda Cataluña: once en Tarragona, seis en Barcelona, cinco de Girona y tres de Lleida, todas ellas causas judiciales abiertas contra la Guardia Civil y la Policía Nacional por las cargas del 1-O.

La personación de la Generalitat como acusación popular fue anunciada el 2 de octubre pasado por el presidente de la Generalitat, Quim Torra, durante el debate de política general en el Parlament. Posteriormente, el 18 de octubre, Artadi dirigió al Gabinete Jurídico de la Generalitat la orden para comparecer a todos los procedimientos judiciales. Este documento, incluía los argumentos jurídicos para ejercer la acusación.

En este escrito, Artadi manifestaba que el 1-O los agentes de la Guardia Civil y la Policía Nacional "participaron en actuaciones violentas y desproporcionadas en toda Cataluña, con una manifiesta perturbación de la paz pública y con un incumplimiento de las órdenes judiciales dirigidas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a todas las fuerzas y cuerpos de seguridad". Según recordaba, el auto del TSJC sobre la retirada de urnas preveía que "las medidas adoptadas en ningún caso podían afectar a la normal convivencia ciudadana".

Por este motivo, la Generalitat consideraba "procedente" comparecer como acusación popular en todas las investigaciones contra las policías estatales "para determinar a las personas directamente responsables de los hechos denunciados, así como cualquier otra persona que, por su relación directa, hubiera colaborado de forma activa y consciente a la comisión del delito y fuera responsable penal". En Lleida, sin embargo, la Audiencia lo ha rechazado.

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