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Polémica al entrar la policía en pisos sin autorización por fiestas ilegales

Interior animó a agentes a hacerlo en Madrid pese a no haberlo ordenado un juez || Un alud de juristas lo han desautorizado y el ministerio lo ha matizado

Una dotación de la Policía Local de Salamanca, en una investigación por una fiesta ilegal en un piso.

Una dotación de la Policía Local de Salamanca, en una investigación por una fiesta ilegal en un piso.J.M. GARCÍA / EFE

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La entrada de la policía en un piso en Madrid por la celebración de una fiesta ilegal ha provocado una auténtica tormenta política porque los agentes no contaban con el correspondiente permiso judicial. Una avalancha de juristas han criticado esta actuación porque representa de alguna manera una actualización de la famosa ‘patada en la puerta’ que autorizó en los años 90 la llamada ‘ley Corcuera’, que permitía a la Policía irrumpir en un piso sin autoriación de los inquilinos ni del juez para evitar delitos.

El ministerio del Interior ha autorizado la ‘patada en la puerta’ de los policías en pisos en los que se celebran fiestas ilegales y los inquilinos se niegan a identificarse, a lo que están obligados en aplicación de la ‘ley Mordaza’, según publicó ayer el diario ‘El País’. Cabe recordar que la abolición de la ‘ley Mordaza’ es uno de los pactos del actual gobierno del PSOE y Podemos, pero nunca se ha cumplido.

El Tribunal Constitucional validó hace dos meses esta norma. Para Interior, la negativa a identificarse comporta un delito de desobediencia, y la policía puede entrar en un piso sin orden judicial en caso de delito flagrante.

Al conocerse esta decisión de Interior un alud de juristas se pronunciaron en contra y el ministerio matizó ayer su posición, negando que hubiera instado a los policías a actuar de esta forma y responsabilizando de ello a los propios agentes. La mayoría de juristas entieden que la negativa a identificarse no puede constituir un delito de desobendiencia que justifique una entrada en un piso sin autorización del juez.

Lo lógico, dicen, es esperar a que los infractores salgan de la vivienda y sancionarlos o expedientarlos entonces. El letrado leridano Xavier Prats, de Prats Advocats, dice que “parece que en el caso de Madrid era el domicilio permanente de uno de los ocupantes y la policía no tenía ninguna autorización u orden judicial”.Se pregunta: “¿es correcto detener a todas las personas que había en el piso por desobedencia a la policía por no abrir la puerta?”, y él mismo contesta: “pienso que no, la teoría de los frutos del árbol envenenado dice que todo aquello obtenido después de que se declare una prueba nula o no conforme a derecho se tendrá por no válida”.Para este abogado, “el estado de alarma o una pandemia no son justificación para romper el estado de Derecho”.

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