TRIBUNALES
Condenado a 18 años de prisión por abusar de dos menores que tenía acogidas
El Supremo confirma la sentencia de la Audiencia de Lleida. Ocurrió en Coll de Nargó en 2020 cuando llevaba a las víctimas en su coche hasta el autobús escolar

El condenado, durante el juicio que se celebró en enero de 2024 en la Audiencia de Lleida. - ACN
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 18 años de prisión para un hombre por agredir y abusar sexualmente a tres menores de edad en Coll de Nargó. Una de las adolescentes era la hija de su expareja y las otras dos estaban en situación de acogida. El alto tribunal rechaza el recurso presentado por la defensa a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que también confirmó el fallo dictado por la Audiencia de Lleida. El juicio por estos hechos se celebró en enero de 2024. Según el fallo, que ya es firme, ha quedado acreditado que los abusos se produjeron entre octubre y diciembre de 2020, sobre todo, durante los trayectos en coche para llevar a las menores hasta el autobús escolar. Asimismo, otro episodio de abusos se produjo en una caseta forestal de la que se encargaba el procesado.
En su sentencia, el Supremo ratifica los argumentos del TSJC al señalar que las declaraciones de las menores “cumplen con los requisitos de credibilidad” así como “de persistencia en la incriminación”. También descarta que la expareja del acusado hubiera podido influir en sus declaraciones, como alegaba la defensa, y dice que no existe “motivo alguno que permita inferir animadversión o resentimiento”. En este sentido, recuerda el informe del Equipo de Asesoramiento Técnico Penal, “haciendo patente una reacción emocional congruente con una vivienda perturbadora”. Durante el juicio, una de las menores declaró que el acusado “se aprovechó de nosotras”. Las otras dos afirmaron que el hombre “conducía con una mano y con la otra me tocaba los pechos y la entrepierna”.
De esta forma, se confirman las penas impuestas de 11 años de prisión por un delito de abuso sexual a menor de 16 años con acceso carnal; otros 5 años de prisión por abuso sexual a menor de 16 años, y 2 años de cárcel por otro delito de abuso sexual. Y se aplicó la agravante de abuso de superioridad. Asimismo, se fijaron indemnizaciones de 15.000 euros, 5.000 euros y 4.000 euros para las víctimas por los daños y perjuicios. En octubre de 2024, la Audiencia mantuvo al condenado en libertad provisional al no ser la sentencia firme, que ahora, tras el fallo del Supremo, ya lo es.